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Acreditada en el Expediente la imposibilidad de notificación personal y directa a don Rafael Páez Rodríguez, así como a cualesquiera otros desconocidos que pudieran tener la condición de interesados, del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión del día 18 de marzo de 2003, en la que se aprueba el Decreto
73/2003, de 18 de marzo, publicado en BOJA núm. 65 de 4 de abril de 2003, páginas 7.094 a 7.099, al cual nos remitimos, en el que procede la Declaración como Bien de Interés Cultural en la Categoría de Monumento del Muelle o Cargadero de Mineral de la Compañía de Riotinto (Huelva), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se practica la notificación por medio de este anuncio, haciéndoles saber que contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo lo previsto en los artículos 10 y 45 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Huelva, 9 de abril de 2003.- La Delegada, Guadalupe Ruiz Herrador.
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