Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/06/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de junio de 2004, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades sin ánimo de lucro solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita.

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Vista la Orden de 3 de febrero de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones en materia de voluntariado a entidades sin ánimo de lucro para el año 2004 (BOJA núm. 29, de 12 de febrero de

2004), y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la Disposición mencionada se establece el lugar y plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones en materia de voluntariado, así como la documentación a aportar por las entidades.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las entidades que se relacionan en el Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se indican para cada Entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

II. La Orden reguladora dispone en su artículo 5 que una vez recibidas las solicitudes, si adolecieran de defectos o resultasen incompletas, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

III. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. Por su parte, el artículo 12 de la citada Orden de 3 de febrero de 2004 establece que los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados y, en particular, los de requerimientos de subsanación de trámite de audiencia y de resolución del procedimiento, se publicarán en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en el de la Consejería de Gobernación, sin perjuicio de la publicación de un extracto de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.A la vista de lo anteriormente expuesto,

R E S U E L V O

Primero. Requerir a cada una de las entidades indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución, remitan a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo. Anunciar la publicación del Anexo mencionado en los tablones de anuncios de esta Delegación del Gobierno y de la Consejería de Gobernación, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 2 de junio de 2004.- El Delegado del Gobierno, José Antonio Gómez Periñán.

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