Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio, haciendo saber a los interesados que podrán comparecer en un plazo de diez días, en este Organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, 6, Granada, a fin de conocer el contenido íntegro de la resolución dictada.
Expte.: 217/03. Doña Reda Helmy Hashem, que con fecha 18 de mayo de 2004 se acuerda la Resolución de Desamparo y Acogimiento Residencial, respecto de la menor D.O.H., pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia- Familia de esta capital.
Expte.: 010/04. Doña Reda Helmy Hashem, que con fecha 18 de mayo de 2004 se acuerda la Resolución de Desamparo y Acogimiento Residencial, respecto de la menor V.H.H., pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia- Familia de esta capital.
Granada, 8 de junio de 2004.- La Delegada, Rosario Quesada Santamarina.
Descargar PDF