Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 02/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 9 de junio de 2004, por la que se autoriza el cambio de domicilio al Centro docente privado Academia Claustro de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado por doña Pilar Martínez Manso, como representante de la entidad Claustro, S.L., de Sevilla, titular del Centro docente privado "Academia Claustro", con domicilio en C/ Rioja, núm. 14-16, 1.ª planta, de Sevilla, solicitando modificar la autorización concedida por Orden de 29 de julio de 2002 (BOJA de 24 de septiembre) por cambio de domicilio a C/ Sierpes, núm. 41, de Sevilla.

Resultando que por Orden de 29 de julio de 2002 (BOJA de 24 de septiembre), el Centro tiene autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: uno de Administración de Sistemas Informáticos y otro de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Vistas la Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE de 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; y el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto: Primero. Autorizar el cambio de domicilio solicitado al Centro Docente Privado "Academia Claustro", de Sevilla, y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del Centro que se describe a continuación: Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación especifica: "Academia Claustro".

Titular: Claustro, S.L.

Domicilio: C/ Sierpes, 41.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código núm.: 41702231.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Administración de Sistemas Informáticos.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes

Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a los establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 9 de junio de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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