Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 05/07/2004

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Secretaría General Técnica, Servicio de Legislación, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Luis Castillo Núñez, en nombre y representación de Frantom Comes Alives, S.L., contra otra dictada por el Delegado de Gobierno en Córdoba, recaída en el expediente CO-140/2002-EP.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Luis Castillo Núñez en nombre y representación de "Frantom Comes Alives, S.L." de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En la ciudad de Sevilla, a dieciséis de marzo de dos mil cuatro.

Visto el recurso de alzada interpuesto y con base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El procedimiento sancionador núm. CO-140/2002-EP tramitado en instancia se fundamenta en las denuncias formuladas con fecha 15 y 16 de junio, 6 de julio de 2002, por agentes de la Policía Local de Córdoba, por apertura al público del establecimiento denominado "Bar La Toscana", sito en Ctra. de Trasierra, km. 4, propiedad de la entidad "Frantom Comes Alives, S.L.", cuya actividad fue clausurada por Decreto del Presidente de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba de fecha 29 de enero de 2001.

Con fecha 29 de julio de 2002, tiene entrada nueva denuncia formulada con fecha 20 de julio de 2002.

Segundo. Con fecha 3.9.2002, se dictó acuerdo de iniciación de expediente sancionador contra la entidad mercantil Hoste- Night, S.L., en el que se le imputaban los siguientes hechos: La entidad denunciada titular de la actividad desarrollada en el establecimiento denominado "Bar La Toscana", sito en Córdoba, Ctra. de Trasierra, km. 4 ha procedido con fecha 15 y

16 de junio, 6 y 30 de julio de 2002 a su apertura y al ejercicio de la actividad, pese a que su actividad fue suspendida por Decreto del Presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba de fecha 29.1.2001, por carecer de licencia municipal de apertura.

Tercero. Tramitado el expediente en la forma legalmente prevista, fue dictada resolución por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se imponía a la entidad mercantil "Frantom Comes Alives, S.L.", una multa de 30.051 E, por unos hechos que infringen lo dispuesto en los artículos 2.1, 6.1 y 9 de la Ley 13/99, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, y a los artículos 40 y 81.36 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/82, de

27 de agosto, encontrándose tipificada como infracción muy grave en el artículo 19.5 de la citada Ley.

Cuarto. Notificada la resolución sancionadora con fecha 21 de mayo de 2003, el interesado interpone, con fecha 23 de junio de 2003, recurso de alzada, cuyas alegaciones se dan por reproducidas al constar en el correspondiente expediente administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación realizada por Orden de

18 de junio de 2001 (BOJA núm. 79, de 12.7.2001), para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP-PAC), y 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 138/2000, de

16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de

16 de mayo.

II

El artículo 115.1 de la Ley 30/1992 establece:

"El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso", dicho cómputo de acuerdo con el artículo 48, apartado 2, se realizará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o

publicación del acto de que se trate, y de fecha a fecha de conformidad con el artículo 5 del Código Civil.

Del examen del expediente administrativo resulta que la recurrente recibió la notificación personal, por miembros del Area de Seguridad y Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de

Córdoba, de la resolución que ahora se recurre, el día 21 de mayo de 2003, y presentó, en el Registro General de la

Delegación del Gobierno de Córdoba (Reg. 136151-5), el recurso de alzada el día 23 de junio de 2003, cuando ya había

transcurrido el plazo legalmente establecido de un mes, con lo que la resolución sancionadora ha adquirido firmeza.

Vista la legislación citada y demás normas de especial y general aplicación,

R E S U E L V O

No admitir el recurso interpuesto extemporáneamente por don Luis Castillo Núñez, en nombre y representación de la entidad mercantil "Frantom Comes Alives, S.L.".

Notifíquese al interesado, con indicación expresa de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico, P.D. (Orden de 18.6.2001). Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos." Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.Sevilla, 17 de junio de 2004.- El Jefe del Servicio, Manuel Núñez Gómez.

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