Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 06/07/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 16 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1056/2003. (PD. 2228/2004).

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NIG: 4109100C20030025577.

Procedimiento: J. Verbal (N) 1056/2003. Negociado: AL.

De: Don Rosendo Barrera Saucedo.

Procuradora: Sra. Inmaculada Rodríguez-Nogueras Martín.

Contra: Tecinsur, S.L.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 1056/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla a instancia de Rosendo Barrera Saucedo contra Tecinsur, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Sevilla a 9 de febrero de 2004.

Vistos por don Antonio María Rodero García, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de los de esta ciudad los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el núm. 1056/03 a instancias de Rosendo Barrera Saucedo representado por la Procuradora Sra. Rodríguez-Nogueras y asistido del Letrado Sr. Canto contra Tecinsur, S.L., sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago y reclamación de cantidad.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rodríguez-Nogueras en nombre y representación de Rosendo Barrrera Saucedo contra Tecinsur, S.L., debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento al que los presentes autos se refieren y, consecuentemente, debo declarar y declaro el desahucio del referido demandado de la vivienda sita en calle San Miguel núm. 13, bajo, de esta ciudad con apercibimiento que si no la desalojare en el plazo legal y lo pidiere la actora se procederá a su lanzamiento, así como a pagar al actor la cantidad de mil trescientos sesenta y cinco euros con seis céntimos (1.365,06 euros), que devengará el interés legal, y con imposición a la parte demandada de las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla que deberá prepararse en el plazo de 5 días que se acomodará a los trámites previstos en los arts. 457 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Tecinsur, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla a veinticinco de mayo de dos mil cuatro.- El Secretario.

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