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OFICINA DEL PLAN DE SEVILLA
E D I C T O
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 14 de junio de 2004 aprobó inicialmente el Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla elaborado por la oficina del Plan de Sevilla y que constituye la revisión del planeamiento general vigente.
En cumplimiento del mencionado acuerdo plenario, y de conformidad con lo previsto en el art. 32.1 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía y en el art. 20 del Decreto 292/1995 por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, el documento inicialmente aprobado del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla, incluido su Estudio de Impacto Ambiental, se somete al trámite de información pública para alegaciones por un plazo mínimo de tres meses a contar desde la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, y en todo caso, hasta el 15 de octubre próximo.
El documento del Nuevo Plan General, incluido su Estudio de Impacto Ambiental, conjuntamente con el expediente administrativo, quedará, durante el citado plazo, a disposición de cuantos quieran examinarlo en la Oficina de Atención e Información al Ciudadano de la Gerencia de Urbanismo, localizada en la Avda. de Carlos III, s/n, Isla de la Cartuja, de lunes a viernes de 9,00 horas a 14,00 horas.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 27.2 de la Ley
7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Pleno acordó en la citada sesión, suspender por plazo máximo de un año el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas por el documento de Plan General aprobado inicialmente suponen modificación del régimen urbanístico vigente.
Estas áreas son:
a) En los ámbitos del Suelo Urbanizable:
- Suelo Urbanizable Ordenado: SUO-DE-01 Santa Bárbara; SUO-DM-
01 Buenaire; SUO-DS-01 Palmas Altas.
- Suelo Urbanizable Sectorizado: SUS-DE-02 Santa Bárbara 2; SUS-DE-03 Santa Bárbara 3; SUS-DS-04 Santa Bárbara 4; SUS-DS-
05 Santa Bárbara 5; SUS-DS-06 Torreblanca; SUS-DS-07 Torreblanca 2; SUS-DE-08 Torreblanca 3; SUS-DS-09 Hacienda Rosario; SUS-DE-10 Palmete; SUS-DM-02 San Nicolás Oeste; SUS- DM-03 San Nicolás Este; SUS-DM-04 Aeropuerto Viejo 1; SUS-DM-
05 Aeropuerto Viejo; SUS-DM-06 Aeropuerto Viejo 3; SUS-DM-07 Higuerón Sur; SUS-DM-08 Higuerón Norte; SUS-DM-09 Polígono de Reciclaje; SUS-DS-02 Cortijo Cuarto 1; SUS- DS-03 Cortijo Cuarto; SUS-DS-04 Pítamo 1; SUS-DS-05 Pítamo 2; SUS-DS-06 Pítamo 3.
- En los terrenos propuestos en el documento del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla elaborado por la Oficina del Plan con la clasificación de Suelo Urbanizable No Sectorizado se suspenden las licencias de edificación excepto para aquellas actuaciones que sean calificables de interés público posibilitadas en el régimen del Suelo No Urbanizable y siempre que no se refiera a usos incompatibles con las previsiones del Nuevo Plan.
b) En los ámbitos del Suelo Urbano No Consolidado:
- Los Sectores de Ordenación (SOU) del Suelo Urbano No Consolidado: SOU-DM-01 El Gordillo Este; SOU-DM-02 Valdezorras Sur; SOU-DM-03 Valdezorras Este; SOU-DN-01 Carmona-Kansas City; SOU-DS-01 Banda del FF.CC.-Guadaira.
- Areas de Reforma Interior: ARI-DC-01 Vascongadas; ARI-DC-02 Naves San Luis; ARI-DC-03 Pasaje Mallol; ARI-DC-04 Fábrica de Sombreros; ARI-DE-01 Virgen de los Reyes; ARI-DE-02 SE-30 Montesierra; ARI-DE-04 ONCE; ARI-DE-05 Torres Albas 2; ARI-DE-
06 Fábrica de Contadores; ARI-DE-07 P.I. Amate 3 ; ARI-DE-08 P.I. Amate 4; ARI-DE-09 B.ª La Romería-Amate; ARI-DE-10 Ctra. Málaga-Granada2; ARI-DE-11 Platanero; ARI-DE-12 Merkamueble; ARI-DE-14 Santa Teresa; ARI-DE-15 FF.CC. Palmete; ARI-DE-16 Coleg. S. José Palmete; ARI-DE-17 La Plata 1; ARI-DE-18 La Plata; ARI-DE-19 B.ª N.ª Sra. del Aguila 1; ARI-DE-20 B.ª N.ª Sra. del Aguila 2; ARI-DE-21 B.ª N.ª Sra. del Aguila 4; ARI- DE-22 Avda. de Andalucía; ARI-DM-01 San Jerónimo; ARI-DM-02 Salmón; ARI-DM-03 Instituto de Toxicología; ARI-DM-04 Estación Transformadora; ARI-DM-05 Arteferro-Citroen; ARI-DM-06 P. Norte-Orotava; ARI-DM-07 P. Norte-Antonio Asen; ARI-DM-08 Rey Baltasar; ARI-DM-09 Avda. Pino Montano; ARI-DM-10 Miraflores; ARI-DM-12; ARI-DM-14 Camino de Rojas; ARI-DM-15 El Gordillo; ARI-DN-01 Carmona-Sadauto; ARI-DN-02 Santa Justa; ARI-DN-03 Santa Justa-San Pablo; ARI-DN-04 La Cruz del Campo; ARI-DN-05 AbengoaIbisa; ARI-DN-06 PICA; ARI-DN-07 Fábrica Santa Bárbara; ARI-DN-08 Antigua E. Magisterio; ARI-DS-01 Cuartel de
Ingenieros; ARI-DS-02 Cocheras de Tussam; ARI-DS-03
Tamarguillo; ARI-DS-04 Hytasa 1; ARI-DS-05 Avda. de la Paz; ARI-DS-06 Avda. de la Raza; ARI-DS-07 Ctra. Su Eminencia-P. Su; ARI-DS-08 Nudo Ctra. Su Eminencia; ARI-DS-09 Avda. La Palmera; ARI-DS-10 Cooperativa de Astilleros; ARI-DS-11 Laboratorio Análisis aguas; ARI-DS-12 a C.D.M. San Fernando 1; ARI-DS-12 b C.D.M. San Fernando 2; ARI-DS-13 Regimiento de Artillería; ARI-DS-14 Cuartel de Caballería; ARI-DS-15
Glorieta Bellavista ; ARI-DS-16 Gasolinera Bellavista; ARI- DT-06 Tejares; ARI-DT-07 Luz Arriero; ARI-DT-08 San Vicente de Paúl; ARI-DT-09 El Turruñuelo; ARI-DT-10 Cartuja- Avda. Carlos III; ARI-DT-11 Trabajo-Lealtad; ARI-DT-12 Trabajo-Febo; ARI- DT-13 Trabajo-Febo 2; ARI-DT-14 Viveros Municipales; ARI-DT-15 Escuela Técnica Universitaria; ARI- DT-16 Los Gordales; ARI- DT-17 Carretera de la Esclusa.
- Areas de Transferencias de Aprovechamientos: ATA-DC-01 Arjona; ATA- DE-01 P.I. Amate 1; ATA-DN-01 Plaza Antonio Martelo 3,138061 UA/M del Sector 12 del C H.
- Actuaciones Simples de Viario del Suelo Urbano No
Consolidado: ASV- DE-01 Bda. Santa Aurelia; ASV-DE-02 La Chaparrilla; ASV-DE-03 Travesía Hornachuelos; ASV-DE-04 Galicia Puerto de Piedrafrita; ASV-DE-05 Maestro Turina; ASV- DS-06 Corneta-Flauta; ASV-DT-02 Tablada-Enlace SE-30; ASV-DS-
01 Entorno Tussam; ASV-DS-02 Lorenzo Sepúlveda-Chaves; ASV-DS-
03 IFP Bellavista.
c) En el Suelo Urbano Consolidado se suspenden las licencias de parcelación, edificación y demolición respecto a las parcelas que el Nuevo Plan prevé su calificación como uso público. De igual modo, para el resto de parcelas del suelo urbano consolidado se suspenden las licencias de obra nueva y demolición para las parcelas en las que las nuevas deter minaciones para ellas previstas por el Plan General de
Ordenación Urbanística inicialmente aprobado, supongan
modificación del régimen urbanístico vigente. No obstante, y de conformidad con lo previsto en el artículo 120.1 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico vigente, podrán
concederse licencias basadas en el planeamiento urbanístico vigente, siempre que se respeten las determinaciones
incorporadas en el mencionado documento de Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla.
d) En todo caso, se suspenden las licencias de demolición o/y construcción de obra nueva, en las edificaciones catalogadas con grado E por el planeamiento vigente, así como en aquellas otras edificaciones respecto a las cuales el Nuevo Plan propone su Catalogación.
Las alegaciones podrán presentarse en el Registro de la Gerencia de Urbanismo o en el General del Excmo. Ayuntamiento los mismos o bien dirigirse por correo certificado a la dirección de la Oficina del Plan de Sevilla localizada en la sede de la Gerencia de Urbanismo.
De igual modo se hace saber que se realizará una Exposición de los contenidos del documento inicialmente aprobado del Nuevo Plan General, de cuya apertura y horarios de visitas se informará convenientemente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 23 de junio de 2004.- El Secretario, Venancio
Gutiérrez Colomina.
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