Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 20/07/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE COLOMERA

ANUNCIO de bases.

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Don Higinio Almagro Castro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colomera (Granada).

En virtud de las competencias que me atribuye el artículo

21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre.

1.º Aprobar, conforme a la Oferta de Empleo Público de 2004 de este Ayuntamiento la convocatoria de la plaza de funcionario de la Escala de Administración General, Subescala Administrativa las bases por las que se ha de regir el proceso selectivo cuyo tenor es el siguiente aprobado por Junta de Gobierno Local en sesión de 14 de junio de 2004.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE PROMOCION INTERNA, DE UNA PLAZA DE LA SUBESCALA ADMINISTRATIVA DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION

De conformidad con la Oferta de Empleo Público para 2004, aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha 26 de marzo de

2004 y publicada en el Boletín Oficial del Estado, jueves 3 junio de 2004.

B A S E S

1. Normas generales.

1.1. Objeto de la convocatoria y número de plazas.

Se convoca para ser cubierta en propiedad, mediante promoción interna, por el procedimiento de concurso-oposición, una plaza de la escala de Administración General, Subescala Administrativa, grupo de clasificación "C" según el artículo

25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

1.2. Derechos y deberes.

Quien obtenga la plaza tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma, como Funcionarios de Administración Local y los determinados con carácter especial por el Régimen Jurídico Local vigente.

1.3. Régimen jurídico aplicable.

A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley

11/99, de 21 de abril; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D.

896/91, de 7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.

2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.

2.1. Requisitos Generales: Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años el día que termine el plazo de presentación de las solicitudes.

c) Estar en posesión del Título Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente. Se dispensará del requisito de titulación a los funcionarios que tengan una antigüedad de 10 años en la Subescala Auxiliar o de 5 años y la superación de un curso específico de formación (Disposición Vigésimo Segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, disposición ésta adicionada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, así como Disposición Adicional Novena, aprobada por R.D. 364/1995).

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de servicio del Estado, Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones públicas.

f) No estar incurso en ningún caso de incapacidad,

incompatibilidad establecidos en las disposiciones vigentes.

g) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Colomera, y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como Auxiliar de Administración General.

Los requisitos exigidos deberán reunirse por los interesados, como norma general, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3. Solicitudes.3.1. Forma.

Quienes deseen formar parte en las pruebas, habrán de hacer constar en la instancia que se les facilitará en el

Ayuntamiento de Colomera, y que irá dirigida al Sr. Alcalde- Presidente.

3.2. Plazo y forma de presentación.

Las solicitudes dirigidas al Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Se realizará la presentación en el Registro General de la Corporación, o en cualquiera de las formas establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de 15 días para

reclamaciones.

5. Tribunal Calificador.

5.1. Composición.

El Tribunal Calificador se constituirá en la forma prevista en el artículo 4.º del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y su composición vendrá determinada de la forma siguiente:

Presidente: El de la Corporación.

Secretario: El de la Corporación.

Vocales:

- Dos funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, que presten servicios en otras

Corporaciones, designados por el Sr. Alcalde.

- Un funcionario de la junta de Andalucía designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

- Dos miembros de la Corporación nombrados por el Sr. Alcalde.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

El Tribunal podrá contar con asesores técnicos, con voz y sin voto.

Le corresponderá al Tribunal dilucidar las cuestiones

planteadas durante el desarrollo de las pruebas, velar por el buen desarrollo de las mismas, calificarlas y aplicar el baremo correspondiente.

5.2. Abstención y recusación.

Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la Presidencia.

5.3. Categoría y actuación del Tribunal.

A efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 4 mayo, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por concurrencia a sesiones de Tribunales y órganos de selección, señalándose la categoría de entre las recogidas en el Anexo cuarto del citado Real Decreto.

6. Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

Los ejercicios comenzarán una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, en la fecha que determina el Sr. Presidente de la Corporación, mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.

7. Pruebas selectivas.

7.1. La fase de oposición estará formada por los ejercicios siguientes, que son de carácter obligatorios y eliminatorios: Primer ejercicio: Consistirá en la contestación durante un espacio de hora y media, de un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, en relación con las materias contenidas en el Anexo I de esta convocatoria.

Para la superación de la prueba será preciso contestar

correctamente al menos 50 preguntas.

La puntuación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener para su superación, al menos 5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la confección de un caso práctico, a elegir, de entre los dos que proponga el Tribunal basados en el temario del Anexo I, siendo el tiempo máximo para la realización del mismo una hora y media.

Este ejercicio habrán de leer ante el Tribunal este ejercicio.

7.2. En la fase de concurso se valorarán los servicios

prestados en este Ayuntamiento de la forma siguiente:

- Por cada año completo de servicio: 1 punto (máximo 5

puntos).

- Por cada curso relacionado con el puesto a desempeñar: 1 punto (máximo 5 puntos).

7.3. Calificación total del concurso-oposición.

- La calificación total obtenida por los opositores, será la media aritmética de la puntuación total obtenida entre la fase de oposición más la fase de concurso.

8. Lista de aprobados.

8.1. Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración de los

ejercicios, la relación definitiva de los aspirantes aprobados con indicación de su DNI y por orden de la puntuación

obtenida. Esta relación será elevada al Sr. Alcalde con la propuesta de nombramiento de los candidatos para el

nombramiento de funcionarios.

8.2. Los Tribunales no podrán aprobar ni declarar que hayan superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de plazas que hayan sido convocadas, resultando nulo de pleno derecho cualquier acuerdo que contravenga lo dispuesto por esta norma.

9. Presentación de documentos.

9.1. Los aspirantes propuestos presentarán ante el

Ayuntamiento de Colomera, dentro del plazo de 20 días

naturales, a contar desde el siguiente al que se haga la propuesta del Tribunal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.

Quienes en el plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen la documentación aludida, no podrán ser nombrados, quedando sus actuaciones anuladas y sin perjuicio de las responsabilidades en las que hubiesen incurrido por falsedad en la instancia.

10. Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el proceso selectivo y presentada la

documentación por los interesados, el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento, a favor de los candidatos propuestos, como funcionarios de carrera. El nombramiento deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado. El plazo de toma de posesión será de 3 días hábiles contados a partir de la notificación del nombramiento hecha por el Presidente de la Corporación.

11. Disposición Final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de

selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La división de poderes. La Corona y el Poder Judicial.

4. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento. Nociones sobre la Ley General Electoral: Con especial referencia a las elecciones locales.

5. El Gobierno y la Administración del Estado. La

Administración Pública en el Ordenamiento Jurídico Español.

6. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Principios informadores y organización.

7. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Estructura y

disposiciones generales. Competencias y organización de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

8. La personalidad jurídica de la Administración. Clases de Administraciones Públicas.

9. Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

10. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases. El

Reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

11. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que lo integran.

12. El Municipio: Organización y competencias.

13. La Provincia: Elementos, organización y competencias.

14. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal. El control de la legalidad.

15. Elementos del Municipio: El término municipal. La

población. El empadronamiento.

16. Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales.

Convocatorias y orden del día. Requisitos para su

constitución. Votaciones.

17. Las formas de la actividad en las Entidades Locales. La intervención administrativa en la esfera privada: Fomento, servicios públicos y policía. Procedimiento para la concesión de licencias.

18. El servicio público en la Administración Local. Modos de gestión de los servicios públicos. La concesión.

19. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.

20. Los contratos administrativos en la esfera local. Organos competentes. La selección del contratista. Contenido y efectos de los contratos administrativos.

21. La expropiación forzosa. Concepto y elementos.

Procedimiento general de expropiación. Fases.

22. La Ley de las Haciendas Locales. Principios informadores. Clasificación de los ingresos. Participación de los municipios en los tributos del Estado.

23. Ingresos públicos: Concepto y clases. El impuesto. Las Ordenanzas Fiscales.

24. El gasto público: Sus clases. El control del gasto

público.

25. Régimen jurídico del gasto público local.

26. El Presupuesto Local: Concepto. Principios generales. Contenido. Elaboración, aprobación y ejecución del

Presupuesto. Liquidación, control y fiscalización.

27. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

28. El acto administrativo: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

29. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios informadores y ámbito de aplicación.

30. El Procedimiento Administrativo (I). El elemento subjetivo y objetivo. Los interesados. Los recursos administrativos: Clases.

31. El Procedimiento Administrativo (II). Dimensión temporal del procedimiento. Conceptos generales, plazos y cómputo de plazos. La forma en el procedimiento.

32. Fases del procedimiento administrativo. Especial

incidencia sobre las diferentes maneras de terminación del procedimiento.

33. El Procedimiento Administrativo Local. Documentos

administrativos. El Registro de Entrada y Salida de

documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

34. La Ley sobre el Suelo y Ordenación Urbana. Principios inspiradores. Competencia urbanística municipal.

35. Instrumentos del planeamiento urbanístico. Procedimiento de elaboración y aprobación.

36. La Función Pública Local. Su organización. Clases de personal al servicio de las Entidades Locales. Su régimen jurídico.

37. Las plantillas y las Relaciones de Puestos de Trabajo. La Oferta de Empleo Público. Convocatorias y sistemas de

selección. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

38. Derechos de los funcionarios públicos. Retribuciones. El Sistema de Seguridad Social de los funcionarios locales. Derechos sindicales y de representación.

39. Deberes de los funcionarios públicos. Responsabilidad. Incompatibilidad. Régimen disciplinario.

40. La informática en la Administración Pública. El ordenador: Tipos y componentes fundamentales. Dispositivos de entrada y salida.

2.º Ordenar la publicación en los Boletines Oficiales de la Junta de Andalucía y de la Provincia de Granada, conforme la normativa vigente.

Colomera, 2 de julio de 2004.- El Alcalde, Higinio Almagro Castro.

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