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Propuestas por las correspondientes Comisiones de selección, de conformidad con lo establecido en la base octava y novena de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 12 de junio de 2002, por la que se convoca concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo IV (BOJA núm.
74, de 25 de junio de 2002), esta Secretaría General para la Administración Pública
HA RESUELTO
Primero. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en el concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo IV, convocado por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 18 de diciembre de 2002, así como las listas definitivas de adjudicatarios/as con indicación de su puntuación. En el caso de aspirantes excluidos/as, se expresan las causas de exclusión conforme se indica en el Anexo I de esta Resolución.
Segundo. Las listas quedarán expuestas al público en los tablones de anuncios de la Consejería de Justicia y Admi nistración Pública, sita en la Plaza de la Gavidia, núm. 10, de Sevilla, en sus Delegaciones Provinciales y en internet (http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica ).
Tercero. Ofertar vacantes a los/las aspirantes seleccionados que figuran en la relación definitiva de adjudicatarios/as, que dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día 25 de agosto de 2004, para presentar petición de destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigidas al Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública, y se presentarán en el Registro General de la Consejería de Justicia y Administración Pública sito en la Plaza de la Gavidia, núm. 10, de Sevilla, en el Registro Auxiliar de la misma Consejería sito en Avda. República Argentina, núm. 25, de la misma ciudad; en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública y en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia de los puestos ofertados, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia del Título Académico Oficial, o del documento acreditativo de la formación o experiencia laboral equivalente, de acuerdo con lo exigido en la base segunda de la convocatoria del concurso, que fueren necesarios para ser seleccionados en la plaza correspondiente, compulsados conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración jurada de no desempeñar ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
f) Petición de destinos, conforme al modelo que se publica como Anexo IV de la presente Resolución.
Los/as adjudicatarios que tengan la condición de
discapacitados/as, cualquiera que sea su grado de
discapacidad, deberán presentar certificado de los órganos competentes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de discapacidad que padece y su capacidad para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
Cuarto. Quienes tuvieren la condición de personal al
servicio de la Junta de Andalucía estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos que se mencionan en el punto anterior, siempre que se
encuentren inscritos en el Registro General de Personal.
Quinto. Si dentro del plazo indicado el/la aspirante
seleccionado/a no presentase la referida documentación, se entenderá que desiste de su derecho a ser seleccionado/a en el concurso convocado por la presente Orden, quedando anuladas todas sus actuaciones. Todo ello, sin perjuicio de que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pueda requerirse al interesado para que en plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos subsanables, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido/a de su derecho.
Sexto. Las vacantes ofertadas, así como los requisitos de desempeño exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo, son las que figuran en el Anexo II de la presente Resolución, el cual se hará público en los tablones de anuncios de la
Consejería de Justicia y Administración Pública, sita en la Plaza de la Gavidia, núm. 10, de Sevilla, en sus Delegaciones Provinciales y en internet
(http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica ).
En relación con este Anexo II, debe indicarse que del listado de vacantes inicialmente ofertadas por la Orden de
convocatoria, se ha procedido a la detracción, con su
correspondiente sustitución, de seis códigos, por motivos diversos.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la LRJAP y PAC, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente al de su respectiva publicación, o de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de julio de 2004.- El Secretario General para la Administración Pública, Pedro José Pérez González-Toruño.
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