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Propuestas por la Comisión de selección, de conformidad con lo establecido en la base octava, novena y décima de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración pública de 25 de febrero de 2002, por la que se convoca concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo II (BOJA núm. 38, de 2 de abril de
2002), modificada por la Orden de 17 de marzo de 2003 (BOJA núm. 64, de 3 de abril de 2003), esta Secretaría General para la Administración Pública
HA RESUELTO
Primero. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en el concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo II, convocado por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 25 de febrero de 2002, modificada por la Orden de 17 de marzo de
2003, así como las listas definitivas de adjudicatarios/as con indicación de su puntuación. En el caso de aspirantes excluidos/as, se expresan las causas de exclusión conforme se indica en el Anexo I de esta Resolución.
Segundo. Las listas quedarán expuestas al público en los tablones de anuncios de la Consejería de Justicia y Administración Pública, sita en la Plaza de la Gavidia núm. 10 de Sevilla, en sus Delegaciones Provinciales y en internet (http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica) .
Tercero. Ofertar vacantes a los/las aspirantes seleccionados que figuran en la relación definitiva de adjudicatarios/as, que dispondrán de un plazo de 20 días naturales, a contar desde el día 25 de agosto de 2004, para presentar petición de destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigidas al Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública, y se presentarán en el Registro General de la Consejería de Justicia y Administración Pública sito en la Plaza de la Gavidia núm. 10 de Sevilla, en el Registro Auxiliar de la misma Consejería sito en Avda. República Argentina núm. 25, de la misma ciudad; en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública y en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, de
21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia de los puestos ofertados, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia del Titulo Académico Oficial, o del documento acreditativo de la formación o experiencia laboral equivalente, de acuerdo con lo exigido en la base segunda de la convocatoria del concurso, que fueren necesarios para ser seleccionados en la plaza correspondiente, compulsados conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm.165, de 23 de diciembre).
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración jurada de no desempeñar ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
f) Petición de destinos, conforme al modelo que se publica como Anexo IV de la presente Resolución.
Los/as adjudicatarios que tengan la condición de
discapacitados/as, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán presentar certificado de los órganos competentes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de discapacidad que padece y su capacidad para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
Cuarto. Quienes tuvieren la condición de personal al servicio de la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos que se mencionan en el punto anterior, siempre que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal.
Quinto. Si dentro del plazo indicado el /la aspirante
seleccionado/a no presentase la referida documentación, se entenderá que desiste de su derecho a ser seleccionado/a en el concurso convocado por la presente Orden, quedando anuladas todas sus actuaciones. Todo ello, sin perjuicio de que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pueda requerirse al interesado para que en plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos subsanables, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido/a de su derecho.
Sexto. Las vacantes ofertadas, así como los requisitos de desempeño exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo, son las que figuran en el Anexo II de la presente Resolución, el cual se hará público en los tablones de anuncios de la
Consejería de Justicia y Administración Pública, sita en la Plaza de la Gavidia núm. 10 de Sevilla, en sus Delegaciones Provinciales y en internet
(http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica) .
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la LRJAP y PAC, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente al de su respectiva publicación, o de conformidad con lo establecido el artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Sevilla, 7 de julio de 2004.- El Secretario General para la Administración Pública, Pedro José Pérez González-Toruño.
ANEXO I
Código Causa de exclusión
2 No acredita requisitos turno discapacitados
3 No consigna dni, pasaporte, o tarjeta de residencia
4 No consigna nombre y apellidos
5 Solicitud fuera de plazo
6 No consigna categoria/no convocada/no convoca turno
7 No entrega documentación
8 Solicitud duplicada por persona y categoría
11 No utiliza mod. oficial de pago de tasas
12 No paga importe para su grupo
13 No indica el orden de preferencia de la categoría
14 Repite orden de preferencia de la categoría
17 No consigna fecha nacimiento o forma incorrecta
18 No consigna fecha presentación o incorrecta
19 No consigna nacionalidad
20 Solicitud no autobaremada
21 No consigna opción de presentación
23 No acredita pago de tasas en plazo
24 No presenta puntuación en autobaremación
27 No acompaña fotocopia del dni
28 No acredita discapacidad desempeño del puesto
29 Altera orden categoría solicitada (por escrito)
30 No reúne requisitos rpt
31 No reúne requisitos generales
32 Experiencia alegada en categoría no asimilable
34 No aporta certif. oficial discapacidad
35 No poseer título exigido en categoría solicitada
36 No ser español o de estados de la ue
37 No ser mayor de 18 años
38 Padece enfermedad o limitación desempeño puesto
39 Estar sancionado
42 No utiliza modelo oficial de solicitud
43 No firma la solicitud
44 No autocompulsa los documentos
45 Ser laboral fijo
46 No presenta declaración jurada
47 Solic. fuera de plazo 2.ª conv + 10 puntos
Ver Anexo IV en páginas 16.188 y 16.189 del BOJA núm. 142, de
21.7.2004
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