Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 06/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 5 de julio de 2004, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace pública la adjudicación de una beca para la formación de personal técnico de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales.

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Reunida la Comisión de Selección los días 24 y 28 de junio de 2004 para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de esta Delegación Provincial de fecha 12 de marzo de 2004 (BOJA núm. 63 de 31 de marzo) y en relación con las bases reguladoras establecidas en el Anexo I de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 27 de agosto de 2003 (BOJA núm. 183 de 23 de septiembre), que convocaba una beca para la formación de personal técnico de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales de esta Delegación y teniendo en cuenta la propuesta llevada a cabo por dicha Comisión,

HE RESUELTO

1. Adjudicar la beca con una dotación de 1.100 euros/mes, durante doce meses, a partir del siete de julio de 2004, y con cargo a las aplicaciones presupuestarias

0.1.09.00.02.18.48000.75A.5 y .01.09.00.02.18.48000.75A.5.2005, para realizar trabajos en materia de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales a:

Doña Margarita Arellano Hellín, DNI: 23.807.477-Q.

Suplentes:

Primera: Doña M.ª Manuela Moya Torrecillas, DNI: 26.037.734-D.

Segunda: Doña Eulalia Pereira Fernández, DNI: 45.659.625-W.

2. A tenor de lo dispuesto en la base tercera, punto 5 del Anexo I de la Orden de 27.8.03 citada, los trabajos, estudios e informes realizados por los adjudicatarios en el disfrute de sus becas serán propiedad de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

3. Además de las obligaciones previstas en los artículos 105 y

108, de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el pago de la última mensualidad estará condicionado a la entrega de una memoria de las actividades realizadas durante el período de duración de la beca, de conformidad con lo establecido en la base novena a que se refiere la Convocatoria.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición en el plazo de un mes o impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

Granada, 5 de julio de 2004.- La Delegada, M.ª Sandra García Martín.

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