Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 10/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 28 de julio de 2004, de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, por la que se aprueba el Plan de Compensación Educativa de los Centros sostenidos con fondos públicos que se relacionan.

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El artículo 9 de la Orden de 26 de febrero de 2004, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación, aplicación y evaluación de Planes de Compensación Educativa por los Centros docentes sostenidos con fondos públicos, establece que el titular de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación dictará Resolución en la que se incluirá la relación definitiva de proyectos aprobados para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de alegaciones al listado provisional y estudiadas las mismas, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Aprobar la relación definitiva de Centros sostenidos con fondos públicos que se relacionan en el Anexo para el desarrollo de Planes de Compensación Educativa a partir del curso 2004-05.

Segundo. La continuidad del Plan de Compensación Educativa en cada Centro en cursos sucesivos estará condicionada al seguimiento y evaluación de los mismos que se realizará en el curso 2004-05, de acuerdo con lo recogido en los artículos 12 y

13 de la mencionada Orden de 26 de febrero de 2004.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los titulares de los centros privados concertados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999 de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 13 de julio de 1998.

Sevilla, 28 de julio de 2004.- El Director General (Orden de

20.4.2004), El Viceconsejero, Sebastián Cano Fernández.

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