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La Excma. Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 138 y sucesivos del Reglamento de Montes y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de 30 de junio de 2004, ha resuelto el inicio del amojonamiento parcial, Expte. D/09/04, del "Grupo de Montes de Cortes de la Frontera", zona a amojonar, tramos de perímetro exterior y del condominio D, y enclavados reconocidos en el deslinde aprobado con fecha 9 de septiembre de 2002, propiedad del Ayuntamiento de Cortes de la Frontera y sito en su mismo término municipal, cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Se proceda a iniciar el amojonamiento parcial de los tramos de perímetro exterior y del condominio D, y enclavados reconocidos en el deslinde aprobado con fecha 9 de septiembre de 2002, en las Majadas "Huerta Barea, Huerta Pulga, Umbriazo y Palancar" del Grupo de Montes de Cortes de la Frontera, código de la Junta de Andalucía MA-71007-CCAY, propiedad del Ayuntamiento de Cortes de la Frontera y sito en el mismo término municipal de la provincia de Málaga."
Para cualquier tipo de aclaración, llamar a los teléfonos 952
154 568 ó 951 040 102. Asimismo, se ruega concertar cita para la consulta del expediente.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Málaga, 27 de julio de 2004.- El Delegado, Ignacio Trillo Huertas.
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