Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 19/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada, sobre Resolución de 6 de agosto de 2004 por la que se conceden subvenciones a determinados Ayuntamientos de la provincia de Granada para la mejora de las infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz. Ejercicio 2004.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 10.2 de la Orden de 27 de enero de 2004, por el que se delegan competencias en los titulares de las Delegaciones Provinciales para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, esta Delegación Provincial

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de enero de 2004 para la mejora de infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz a los Ayuntamientos de los municipios de Granada que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, por las cuantías, actuaciones y proyectos que en el mismo se especifican.

Segundo. Los Ayuntamientos beneficiarios quedan obligados a cumplir lo preceptuado en el art. 18 de la citada Orden de 27 de enero de 2004, especialmente en lo que se refiere a la realización de la actividad que fundamenta la concesión, para lo cual se concede un plazo de ejecución de 3 meses desde la percepción del importe de la subvención, en el supuesto de adquisición de mobiliario o de fotocopiadora y de 4 meses desde dicha fecha en el supuesto de realización de obras de reforma, reparación o conservación.

Tercero. El importe de las subvenciones se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.12.00.01.18. .761.00.14B.5. y código de proyecto 2001180841 por un importe global de 181.168,98 E.Cuarto. La forma y secuencia del pago se ajustará a lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 27 de enero de 2004, realizándose el abono de las subvenciones en un único pago por el importe total de las mismas.

Quinto. La justificación de la subvención percibida se realizará ante esta Delegación Provincial en un plazo de seis meses a contar desde la percepción del importe de la subvención, aportando la documentación relacionada en el artículo 16 de la Orden.

Sexto. Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Delegado Provincial de Justicia y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de los dos meses siguientes al de la mencionada publicación.

Granada, 6 de agosto de 2004.- El Delegado, José Luis Hernández Pérez.

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