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Nombre y apellidos: Don Manuel Maya Gallardo.
Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Manuel Maya Gallardo en ignorado paradero, y no habiendo podido, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado.
Para su conocimiento íntegro, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm.,
1.ª planta.
La Comisión Provincial de Medidas de Protección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto
28242/2002, de 12 de noviembre, de acogimiento familiar y adopción (BOJA núm., de 19 de noviembre de 2002) ha acordado declara la no idoneidad de don Manuel Maya Gallardo como acogedores de los menores R. y J.P.S.
Contra esta Resolución puede formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites de la jurisdicción voluntaria.
Sevilla, 8 de septiembre de 2004.- La Delegada, M.ª José Castro Nieto.
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