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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio de los interesados, se publica por anuncio el texto común de los trámites de audiencia a los interesados en los procedimientos de Extinción de Permisos de Funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego a las Empresas Titulares de Salones que se relacionan en el anexo:
"Examinado el expediente número 218/92 de Empresas Titulares de Salones, cuya titular es Encarnación Baeza Segovia, con número de Inscripción T-JA-1896, el expediente número 57/89 cuya titular es Elena Noci Muñoz, con número de Inscripción T- JA-810, el expediente número 83/99, cuyo titular es Vladimir Petrov Katovski, con número de Inscripción T-JA-2803, y el expediente número 19/98, cuya titular es María Alcalá Barranco, con número de Inscripción T-JA-2666, se procede a considerar los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Que por las Delegaciones del Gobierno de Sevilla y de Córdoba se ha comprobado que el Salón Recreativo sito en C/ Arroyo, 111 de Sevilla, cuya titular es Encarnación Baeza Segovia, que el Salón Recreativo sito en C/ Arroyo, 86 Local A de Sevilla, cuyos titulares son Elena Noci Muñoz y Vladimir Petrov Katovski y que el Salón Recreativo sito en Carretera de Posadas, 2 de Villaviciosa de Córdoba cuya titular es María Alcalá Barranco, Empresas Titulares de Salones de la Junta de Andalucía, se encuentran cerrados, sin que por los titulares se haya notificado el cierre temporal del mismo o cambio de actividad.
Segundo. Que por el Servicio de Autorizaciones les fue comunicado a las entidades citadas en el párrafo anterior, el inicio del procedimiento de Extinción del Permiso de Funcionamiento de los precitados Salones Recreativos, que fueron realizadas a través de escritos de fecha 10 de agosto de 2004, registrados de salida bajo los números 20739, 20740,
20741 y 20742, y que no habiéndose podido practicar las notificaciones personalmente en sus domicilios a través del Servicio de Correos, se procedió, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a su publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de sus localidades y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Que hasta el día de la fecha no se ha formulado alegación alguna, habiéndose rebasado ampliamente los plazos concedidos para ello.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Unico. Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo
25.1.g), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por la ejecución de modificaciones de las previstas en el artículo 26.1 y 2 del presente Reglamento, sin haber obtenido la autorización previa.
Vistos la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto Declarar la Extinción de los Permisos de Funcionamiento de los Salones Recreativos, sitos en C/ Arroyo, 111 de Sevilla -Código local RSE13711-, en C/ Arroyo, 86, local A de Sevilla -Código local RSE2452-, y en Carretera de Posadas, 2 de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba) - Código local RCO7521-."
ANEXO
Salón: Salón Recreativo. C/ Arroyo, 111 de Sevilla.
Empresa: Encarnación Baeza Segovia.
Expte.: 218/92.
Salón: Salón Recreativo. C/ Arroyo, 86, local A de Sevilla. Empresa: Elena Noci Muñoz.
Expte.: 57/89.
Salón: Salón Recreativo. C/ Arroyo, 86, local A de Sevilla. Empresa: Vladimir Petrov Katovski.
Expte.: 83/99.
Salón: Salón Recreativo. Carretera de Posadas, 2 de
Villaviciosa de Córdoba (Córdoba).
Empresa: María Alcalá Barranco.
Expte.: 19/98.
Sevilla, 7 de septiembre de 2004.- El Jefe del Servicio de Autorizaciones, Antonio Vallejo Orellana.
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