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Examinadas las solicitudes de ayudas de estudios, ejercicio 2003 que han sido presentadas en base a la convocatoria pública de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, correspondientes a la modalidad de estudios, tienen lugar los siguientes
H E C H O S
Primero. En fecha 10 de julio de 2003, se dictó por la Dirección General de la Función Pública, resolución mediante la que se efectuaba convocatoria para la concesión de las ayudas de Acción Social sometidas a convocatoria pública, siendo publicada en el BOJA núm. 135, de 16 de julio.
Segundo. Que ha concluido el proceso de baremación y grabación de las correspondientes solicitudes, por lo que procede dar publicidad a los listados provisionales de admitidos y excluidos, indicándose en este caso las causas de exclusión, y conceder plazo para la subsanación de errores o defectos de que adolezcan las solicitudes, así como para la presentación de alegaciones, de acuerdo con las Bases de la convocatoria y conforme a la normativa de aplicación.
A tales hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Disposición Adicional Segunda de la Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), mediante la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba la delegación de competencias, en esta materia, del Director General de la Función Pública, en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia, puesta en relación con el artículo 11.2 del mismo texto.
II. Arts. 38 y siguientes del mencionado Reglamento, a través de los cuales se regula la ayuda de estudios.
III. Art. 11 de la misma Orden por el que se establece el procedimiento a seguir para la gestión de las ayudas del Fondo de Acción Social, en cuyo apartado 4, se recoge la obligación de publicar listados provisionales de admitidos y excluidos, en la resolución de las modalidades de ayudas sometidas a convocatoria.
IV. Art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el que se dispone que a los interesados se les concederá plazo administrativo para subsanar las faltas o defectos de que adolezca su solicitud, así como para acompañar los documentos preceptivos, en relación con el 11.6 del Reglamento ya citado, que fija para ello un plazo de quince días hábiles.
En base a los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial,
R E S U E L V E
Primero. Publicar los listados provisionales del personal al servicio de la Junta de Andalucía, admitido para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, de la convocatoria de la ayuda de estudios de 2003, así como del personal excluido de esta ayuda, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestos en esta Delegación y cuya consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web de la Junta de Andalucía
http://www.cjap.junta-andalucia.es/administracion
general/aas/consulta.php.
Segundo. Conceder, tal y como establece la Base Primera 9.2 de la convocatoria, un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que los interesados presenten la reclamaciones que estimen pertinentes y subsanen los defectos u omisiones de su solicitud, lo que deberán hacer a través de los Registros Generales de las Consejerías y Organismos Autónomos y sus Delegaciones
Provinciales, sin perjuicio de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Granada, 15 de septiembre de 2004.- El Delegado, José Luis Hernández Pérez.
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