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"Habiéndose dictado Orden de la Excma. Sra. Consejera de Cultura, de 20.7.2004, por la que se resuelve la inadmisibilidad por extemporáneo del recurso de alzada contra Resolución de la Delegación Provincial de esta Consejería en Sevilla, referente a expediente sancionador por infracción de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, por utilización de aparatos destinados a la detección de restos arqueológicos en el Paraje conocido como "Finca El Santo del Ciervo", término municipal de Ecija (Sevilla), e intentada por dos veces sin resultado la notificación directa al domicilio designado por don Rafael Miranda Fabra, procede efectuar la notificación prevista en el apartado 5 del art. 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 61 de la citada Ley, se indica al interesado que el procedimiento del recurso Leg. y Rec. 214/03, se resolvió mediante Orden de la Consejera de 20 de julio de 2004, cuyo texto íntegro y expediente podrá consultar en el Servicio de Legislación y Recursos, calle San José, 13, 41004, de Sevilla, de 9 a 14 horas, en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Transcurrido dicho plazo se tendrá por practicada la notificación. Sevilla, a 22 de septiembre de
2004. El Jefe del Servicio de Legislación y Recursos, Luis Javier Jover Oliver."
Sevilla, 22 de septiembre de 2004.- La Secretaria General Técnica, Lidia Sánchez Milán.
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