Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 18/10/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Huelva, de Resolución Cautelar por la que se acuerda declarar la situación legal de Desamparo Provisional, adoptada en el expediente de desamparo de menores núm. 2004/21/0120.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art.

44 del Decreto 282/02, de 12 de noviembre, de Acogimiento familiar y adopción, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 29.9.04, adoptada en el expediente de desamparo de menores núm. 2004/21/0120 relativo a la menor A.S.N., a la madre de la misma doña Florentina Silva Nogueira, por el que se acuerda:

1. Declarar cautelarmente la situación legal de desamparo provisional de la menor A.S.N., y en base a tal declaración, asumir, en su condición de Entidad Pública de protección de menores, la tutela de la misma.

2. Constituir el acogimiento residencial que será ejercido por el Director del Centro "Adonais Emaús" sito en Gibraleón, Huelva.

3. Respecto al Régimen de relaciones de la menor con sus padres, familiares y allegados, se determina que la misma será visitada en los días y horario que la Dirección del Centro determine de común acuerdo con la familia, teniendo siempre presente los hábitos de la menor y la disponibilidad de la familia.

Lo que se notifica a los efectos legales pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, así como en el Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, haciéndole saber que contra la presente Resolución podrá formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva por los trámites que establecen los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley Procesal.

Huelva, 29 de septiembre de 2004.- El Delegado P.A. (Decreto

21/85, de 5.2), El Secretario General, Eduardo Martínez Chamorro.

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