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De conformidad con lo establecido en la base 5.4 del Anexo I de la Orden de 19 de julio de 2004 (BOJA núm. 150, de 2 de agosto de 2004) por la que se convocan becas para la formación de técnicos en materia de gestión, información y documentación deportiva, este Instituto Andaluz del Deporte. R E S U E L V E
Primero. Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las becas para la formación de técnicos en materia de gestión, información y documentación deportiva convocadas por Orden de 19 de julio de 2004, con expresión, en su caso, de las causas de exclusión. Segundo. Publicar como Anexo a la presente Resolución la relación de las causas de exclusión.
Tercero. Anunciar que las citadas listas provisionales de admitidos y excluidos a dichas becas se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios del Instituto Andaluz del Deporte, Servicios Centrales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y Centro Andaluz de Medicina del Deporte, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín de la Junta de Andaluc?a. Cuarto. Los aspirantes disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para subsanar los defectos especificados en el Anexo, que hayan motivado su exclusión y omisión.
Quinto. Tras ser valorados los escritos que se presenten y, en su caso, subsanados los errores que se hubieran producido, el Director del Instituto Andaluz del Deporte dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos que se expondrá en los tablones de a nuncios indicados en el apartado tercero de la presente resolución.
Málaga, 13 de octubre de 2004.- El Director, PD (Orden de
6.9.2004) Jaime Ruiz Lahoz.
ANEXO I
01. Solicitud presentada fuera de plazo, o sin firmar, o no ajustada al modelo oficial.
02. No presentar breve currículum vitae profesional.
03. Certificación académica personal no aportada, o aportada sin firmar o sin cotejar.
04. No presentar declaración expresa responsable de otras becas solicitadas y/o concedidas para la misma u otra finalidad y, en su caso, el compromiso de renunciar a las concedidas si resulta adjudicatorio/a, o presentar sin firmar.
05. No presentar declaración expresa responsable de no percibir ningún sueldo o salario que implique vinculación contractual o estatuaria o presentada sin firmar.
06. No presentar declaración expresa responsable de no haber sido objeto de resolución administrativa o judicial firme de reintegro consecuencia de procedimientos sustanciados en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía o en su caso, acreditación de su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente, o presentado sin firmar.
07. No presentar declaración expresa responsable de no haber sido separado del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas, mediante expediente disciplinario, o presentada sin firmar.
08. No estar en posesión de la titulación universitaria obtenida a partir de los cursos 1999-2000, tal como se especifica en la base 2.2 de la Orden de convocatoria.
09. No estar en posesión de la titulación universitaria exigida o no estar ésta homologada por el Estado español.
10. No poseer nacionalidad española o la de alguno de los países miembros de la Unión Europea, tal como se especifica en la base 2.1 de la orden de convocatoria.
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