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De conformidad con lo establecido en el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el art. 109 de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, esta Delegación del Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo único de la Orden de 16 de febrero de 2004, que efectúa su convocatoria para el año 2004, cuyas bases reguladoras se encuentran desarrolladas, como señala en su artículo único, apdo. 3, en la Orden de 30 de enero de 2003 que efectuaba la convocatoria para el año 2003, ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas con cargo al programa presupuestario 44H para gastos de inversión y gastos corrientes a las Entidades Locales que dispongan o creen Oficinas de Información al Consumidor.
Vistas las solicitudes presentadas, documentación y evaluado el expediente conforme a los artículos 9 y 10 de la Orden precitada, así como las citadas disposiciones legales y demás de general y pertinente aplicación, esta Delegación del Gobierno
R E S U E L V E
Conceder a las Entidades Locales solicitantes las siguientes subvenciones que se especifican:
La finalidad para la que se concede la subvención es individualizada para cada solicitud aceptada.
El contenido íntegro de la Resolución se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, sito en Avda. La Palmera, núm.. Edificio Pabellón de Cuba. Sevilla.
El plazo de ejecución de la actividad o inversión subvencionada será de seis meses a contar desde la fecha de abono de la subvención.
La justificación de la subvención se realizará en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la finalización del plazo de la ejecución de la actividad o inversión subvencionada.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de octubre de 2004.- El Delegado del Gobierno, Demetrio Pérez Carretero.
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