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La actual estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca viene regulada en el Decreto 204/2004, de
11 de mayo, en el cual se atribuye a la misma, entre otras competencias, la promoción y control de la calidad alimentaria. Más concretamente, la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, y dentro de ella, el Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria, tiene asignadas las funciones en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria, que fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante el Real Decreto
1400/1995, de 4 de agosto. Esas funciones están encomendadas a la Inspección de la Calidad Agroalimentaria, habiéndose detectado en las mismas una inadecuada correlación entre el nivel de responsabilidad, cargas de trabajo y exigencia funcional de este colectivo con las características contempladas para los puestos que ocupan en la relación de puestos de trabajo.
Por ello, este Decreto aborda la adecuación de las características de los puestos de inspectores de calidad recogidas en la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca al nivel de exigencia real de los servicios que presta el colectivo, aplicando para ello criterios de homogeneización de puestos.
Asimismo, el presente Decreto también acomete la modificación en la relación de puestos de trabajo de otros puestos adscritos a la misma Consejería adaptándolos a las necesidades actuales de los servicios.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de octubre de
2004,
D I S P O N G O
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca, en los términos expresados en el Anexo de este Decreto.
Disposición Adicional única. Modificación presupuestaria.
Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.
Disposición Final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de octubre de 2004
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ
Consejera de Justicia y Administración Pública
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