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De conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en virtud de la delegación expresamente conferida por la Consejera de Gobernación en el artículo 7.2 de la Orden de 3 de febrero de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de voluntariado sin ánimo de lucro, y se efectúa su convocatoria para el año 2004, esta Delegación del Gobierno
R E S U E L V E
Primero. Hacer públicas las subvenciones concedidas, al amparo de la Orden de 3 de febrero de 2004, a aquellas entidades de voluntariado sin ánimo de lucro que figuran en los extractos de los Anexos I y II de la presente Resolución.
Segundo. El contenido íntegro de la Resolución y de los Anexos estará expuesto en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en la Consejería de Gobernación a partir del mismo día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. El plazo para interponer los recursos que procedan se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Jaén, 26 de octubre de 2004.- El Delegado del Gobierno, Francisco Reyes Martínez.
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