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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 15.5 de la Orden de 2 de agosto de 2001 (BOJA núm. 94, de 16 de agosto de 2001), por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio interior y de acuerdo con la Orden de 5 de febrero de
2004, por la que se convocan las becas para el ejercicio 2004 (BOJA núm. 32, de 17 de febrero de 2004), esta Dirección General de Comercio
R E S U E L V E
1.º Hacer público que mediante Resolución de 8 de noviembre de
2004 se adjudican becas para la formación de expertos en comercio interior.
2.º El contenido íntegro de dicha Resolución estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n Edificio Torretriana, planta baja de Sevilla, y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte, a partir del mismo día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.º El plazo para aceptar las becas, destinos asignados y cuantas obligaciones se deriven de la adjudicación de las mismas, será conforme al artículo 15.5 de la referida orden. La Resolución se podrá recurrir potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que proceda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de noviembre de 2004.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.
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