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De conformidad con el art. 59.6.b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del art. 9.2.e) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico (BOJA núm. 136, de 24 de noviembre de 2001) y la disposición final primera de la Orden de 10 de julio de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de Ayudas para la Prevención y Lucha contra Incendios Forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre (BOJA núm. 91, de 3 de agosto de 2002), esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Hacer pública la 2.ª Resolución parcial de 10 de noviembre de 2004 de concesión de Ayudas para la Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, convocadas por Orden de
10 de julio de 2002 de esta Consejería (BOJA núm. 91, de 3 de agosto de 2002), de conformidad con su artículo 17.4, advirtiéndose que disponen de un plazo improrrogable de un mes, contado a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOJA, para comunicar la aceptación de la ayuda, en los términos previstos por el artículo 18 de dicha Orden.
Segundo. El contenido íntegro de la Resolución estará expuesto en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, se comunica que esta información está disponible en la web de la Consejería de Medio Ambiente (www.juntadeandalucia.es/medioambiente).
Tercero. Los plazos establecidos en dicha Resolución se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de noviembre de 2004.- El Director General, José Guirado Romero.
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