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Por Resolución de esta Delegación Provincial de fecha cuatro de febrero de 2003 se sometió a Información Pública la relación concreta e individualización de los bienes y derechos afectados por la expropiación, según consta en el expediente.
- Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, S.L. con domicilio en Córdoba, calle García Lovera, 1.
- Finalidad: Mejora de la calidad del servicio.
- Descripción: Línea eléctrica de distribución subterránea de baja tensión a 380 voltios, desde el Centro de Transformación núm. del Polígono Llanos de Jarata, hasta las viviendas de la zona Camino de las Zarzas, del término municipal de Montilla.
- Término municipal afectado: Montilla (Córdoba).
Por resolución de esta Delegación Provincial de fecha dos de marzo de 2004, se autorizó a Endesa Distribución Eléctrica, S.L. a los efectos de expropiación forzosa, para la imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica, para la instalación de la línea anteriormente citada, con el resultado que obra en el expediente.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 56 de su Reglamento, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, en el Ayuntamiento de Montilla (Córdoba), en el día y horas que se indican en el Anexo de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un Notario, si lo estiman oportuno.El orden del levantamiento de actas figura igualmente en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Montilla (Córdoba) y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por Ley 4/1999, de 13 de enero, para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular desconocido o domicilio ignorado. En el expediente expropiatorio, Endesa Distribución Eléctrica, S.L. asume la condición de Beneficiaria.Córdoba, 5 de noviembre de 2004.- El Delegado, Andrés Luque García.
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