Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 30/11/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 524/2004, de 9 de noviembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Gelves (Sevilla), de una parcela sita en la finca Vega de Gelves de la citada localidad, con destino a puerto deportivo; y se adscribe a la Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

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El Ayuntamiento de Gelves (Sevilla), en cumplimiento de la prescripción 19 del Pliego de Condiciones Generales para concesiones de dominio público en puertos e instalaciones portuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente para la concesión del Puerto Deportivo en Gelves (Sevilla), ha cedido gratuitamente, por escrituras unilaterales otorgadas con fechas 12 de febrero y 5 de marzo de 2003, una parcela de

9.610 m para su incorporación al dominio público portuario.

Por la Empresa Pública de Puertos de Andalucía se considera de interés la aceptación de la referida donación, que tiene como finalidad la integración de la misma en el Puerto Deportivo de la localidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 9 de noviembre de 2004,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Gelves (Sevilla) de la siguiente parcela:

Finca urbana núm. 1.549 de Gelves, parcela P destinada a la Dársena, con superficie de 9.610 m. Se encuentra rodeada por viales de la urbanización en todo su contorno, excepto el correspondiente a la bocanada de comunicación con el río Guadalquivir, sito al Este. Obra inscrita en el Registro de la Propiedad núm. de Sevilla, a favor del Ayuntamiento de Gelves, al folio 49 del tomo 1.494, libro 29.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela objeto de donación, que se adscribe a la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, con destino a puerto deportivo.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 9 de noviembre de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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