Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 03/12/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CORDOBA

ANUNCIO de bases de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

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BASES PARA LA SELECCION MEDIANTE CONCURSO EN REGIMEN DE PERSONAL LABORAL FIJO DE UN ADMINISTRATIVO, UN ASESOR JURIDICO Y UN INSPECTOR DE OBRAS DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

DE PRIEGO DE CORDOBA

En virtud de lo establecido en los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Priego de Córdoba, aprobados por Pleno de la Corporación Municipal con fecha 29 de junio de

2001, y según el artículo 28 en el que regula la contratación/selección de su personal, se acordó en sesión extraordinaria de Consejo de Gerencia de fecha 26 de diciembre de 2002, establecer el sistema de concurso para la contratación de su personal y la formulación de las siguientes bases.

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante concurso, en régimen de personal laboral fijo a jornada completa, de un Administrativo, un Asesor Jurídico y un Inspector de Obras para la Gerencia Municipal de Urbanismo de Priego de Córdoba, al objeto de cubrir vacantes de la oferta de empleo pública para el año 2003 aprobada por acuerdo de Consejo de Gerencia el día 25 de febrero del mismo año.

Segunda. Publicación de la convocatoria.

La convocatoria se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma así como anuncio de la misma en el Boletín Oficial del Estado con el contenido establecido en el art. 6 del R.D. 896/91.

Los sucesivos anuncios de la convocatoria se harán a través del Boletín Oficial de la Provincia.

Tercera. Participación en la convocatoria.

A) Requisitos de carácter general.

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las disposiciones generales establecidas en el artículo 135 de T.R. de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local:

a) Nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) No padecer enfermedad o impedimento físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) Estar en posesión de la titulación requerida para el puesto al que se opta que serán las siguientes:

- Para la plaza de Administrativo: FP2.

- Para la plaza de Asesor Jurídico: Licenciado en Derecho.

- Para la plaza de Inspector de Obras: Graduado Escolar.

f) Para proveer la plaza de inspector de obras, será necesario estar en posesión de carné de conducir de la categoría B.B) Instancias.Las instancias, cuyo modelo se facilitará en la Gerencia de Urbanismo de Priego de Córdoba, solicitando tomar parte de la convocatoria y manifestando reunir todos y cada uno de los requisitos de la base tercera, irán dirigidas al Sr. Presidente de la Gerencia de Urbanismo de Priego de Córdoba y se presentarán en el Registro General de la Gerencia dentro del plazo de veinte días naturales a partir del

siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, personalmente o por

cualquier otro medio que autorice la Ley 30/1992.

Junto con la instancia se presentará el currículum vitae con acreditación documental (originales o fotocopias compulsadas) de los méritos académicos o profesionales alegados, así como fotocopias del DNI compulsadas y del título exigido para cada una de las plazas; así como el justificante de haber ingresado los derechos de participación en pruebas selectivas

establecidos en la Ordenanza núm. 7, reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, del Excmo.

Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en vigor en el momento de la convocatoria, que deberán ser ingresados en la entidad bancaria Caja de Ahorros El Monte, núm. cta. 2098 0250 39

0102000016.

En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la

instancia o no acreditados documentalmente, ni la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.A los excluidos definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.

C) Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Gerencia de Urbanismo de Priego de Córdoba, dictará resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de plazo de subsanación de deficiencias que, en los términos del artículo

71 de la Ley 30/1992, se concede a los aspirantes excluidos.

De no existir reclamaciones, la mencionada Resolución se considerará elevada automáticamente a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Cuarta. Tribunal.

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración con la siguiente composición:

- Presidente: El Presidente de la Gerencia de Urbanismo o miembro de la misma en quien delegue.

- Secretario: Un funcionario de la Gerencia de Urbanismo.

- Vocales:

Un representante político del Equipo de Gobierno Municipal

Un representante político de la Oposición Municipal.

El Jefe de Personal de la Gerencia de Urbanismo o persona que éste designe.

Y un Vocal nombrado a instancias de la representación legal de los trabajadores de la Gerencia de Urbanismo.

La designación de la Comisión de Valoración incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir cuando concurra entre ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

Quinta. Proceso selectivo.

El proceso selectivo constará de una sola fase, concurso, que a su vez constará de dos apartados; uno de carácter

obligatorio (concurso de méritos) y otro de carácter opcional (entrevista personal).

A) Baremación de méritos.

La valoración de los méritos irá encaminada a obtener el perfil que se considera adecuado para las plazas ofertadas y se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

I. Experiencia Profesional.

La experiencia profesional se valorará con un máximo de 20 puntos, con la siguiente baremación:

- Por experiencia en puestos de trabajo dentro de la

Administración Local o Empresa Pública municipal con

competencias en materia de Urbanismo, que contengan un grado de similitud o semejanza en cuanto al contenido técnico y especialización del puesto de trabajo al que se opta, se valorará un máximo de 15 puntos, asignando una puntuación de 3 puntos por cada año trabajado completo de servicios efectivos en función de la similitud del puesto de trabajo y de 1,50 puntos por cada fracción igual o superior a 6 meses.

- Si el puesto de trabajo a que hace referencia el apartado anterior se hubiera desarrollado en Gerencias de Urbanismo por período superior a un año, se añadirán tres puntos en el apartado de experiencia profesional.

- Por el desempeño de puestos de trabajo para la

Administración Local relacionados con gestión de suelo y vivienda se valorará un máximo de 5 puntos, asignando una puntuación de 1 punto por cada año trabajado completo de servicios efectivos y 0,5 puntos por cada fracción igual o superior a 6 meses.

- Por haber desempeñado puesto de trabajo en la Administración Central, Autonómica o Local no relacionados con urbanismo, gestión de suelo o vivienda, se valorará hasta un máximo de 3 puntos, asignando una puntuación de 0,5 por cada año trabajado completo de servicios efectivos y 0,25 puntos por cada

fracción igual o superior a 6 meses.

- Cualquier otra experiencia laboral ajena a la

administración, se valorará hasta un máximo de dos puntos, asignando una puntuación de 0,5 por cada año trabajado

completo y 0,25 puntos por cada fracción de 6 meses.

II. Formación.Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y las homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.

Podrá aplicarse por este apartado hasta un máximo de 20 puntos aplicados de la siguiente forma:

- Hasta 15 horas: 2 puntos.

- De 16 a 50 horas: 3 puntos.

- De 51 a 100 horas: 4 puntos.

- De más de 100 horas: 5 puntos.

Los cursos de formación sin especificación de horas no se valorarán.

III. Presentación de una Memoria sobre Organización y

Desarrollo de las funciones y servicios en la Gerencia de Urbanismo de Priego de Córdoba, así como un análisis de las tareas específicas del puesto a proveer.

La Memoria se presentará junto con la Instancia de solicitud y la documentación relativa a los méritos. Se calificará de 0 a

10 puntos.

IV. Otros méritos.

- Por haber superado alguna prueba selectiva para puesto similar al que se opta, se valorará de 2,5 a 5 puntos, en función de la relación entre el puesto al que se opositó y el puesto al que se aspira.

- Por tener algún reconocimiento o agradecimiento de parte de la Administración por servicios prestados, se valorará de 1 a

3 puntos, en función de la relación entre el servicio prestado y el puesto al que se aspira.

B) Entrevista.Consistirá, con carácter opcional, en realizar una entrevista por parte de la Comisión de Valoración,

personal-profesional, a fin de valorar la aptitud de los aspirantes para el puesto y se valorará de 0 a 20, a criterio de dicha Comisión.Sexta. Incidencias.

La Comisión de Valoración queda facultada para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el normal desarrollo del concurso en todo lo no previsto en las presentes bases, siempre que no se oponga a las mismas.

En el caso de que durante la valoración de méritos o

entrevista, si esta se realizara, la Comisión de Valoración observara que alguno de los aspirantes no reúne uno o más requisitos de los exigidos en la convocatoria podrá proponer al Presidente su exclusión de la convocatoria.

Séptima. Calificación definitiva.

Realizada la valoración de los méritos por la Comisión de Valoración, se hará pública la resolución provisional del concurso en el tablón de anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Priego de Córdoba.

Octava. Presentación de documentos, nombramiento y toma de posesión.

En el plazo máximo de tres días, a contar desde el día

siguiente a aquel en que se hiciese pública la lista

definitiva de aspirantes con sus puntuaciones, el aspirante propuesto a cada puesto de trabajo deberá presentar la

documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, para proceder en su caso a su nombramiento como personal laboral fijo, debiendo tomar posesión del cargo en el plazo de tres días.

Novena. Régimen de impugnación.

Las base de convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de la actuación de la Comisión de

Valoración, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Diligencia. Para hacer constar que las presentes bases han quedado definitivamente aprobadas por acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 12 de noviembre de 2003.

Certifico.

Priego de Córdoba, 29 de octubre de 2004.- La

Vicepresidenta, Dominga Durán Cano.

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