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Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad.
En este sentido, la Delegada Provincial de la Consejería de Salud de Málaga solicita delegación de competencias para la firma de un Convenio de Cooperación con el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga), para la construcción de un Centro de Salud.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el art. de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art.
14 del Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y la Orden de 22 de mayo de 2003, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de Centros Sanitarios de la Red de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el art. 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O
Primero. Delegar en la Delegada Provincial de la Consejería de Salud de Málaga la competencia para la firma de un Convenio de Cooperación con el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga), para la construcción de un Centro de Salud en dicha localidad.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de octubre de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
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