Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
Con fecha 31 de mayo de 2004, se ha dictado resolución por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba el proyecto de ejecución de la línea interprovincial AT 66 kV Córdoba-Jaén, con origen en la subestación Priego de Córdoba, y final en la subestación Alcalá la Real (Jaén), y se otorga la declaración, en concreto, de utilidad pública, previa la correspondiente información pública. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados, en los Ayuntamientos donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas tendrá lugar los días 15 y 16 de diciembre de 2004, en los Ayuntamientos de Priego de Córdoba y Almedinilla, respectivamente.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose hacer acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno.
El orden del levantamiento de las actas, indicado en la relación de titulares, figura igualmente en el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados, y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna citación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el expediente expropiatorio, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., asume la condición de beneficiaria.
Córdoba, 20 de octubre de 2004.- El Delegado, Andrés Luque García.
Descargar PDF