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Los patrimonios públicos de suelo son uno de los instrumentos previstos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, para la intervención en el mercado del suelo, con la finalidad, entre otras, de crear reservas de suelo para actuaciones de iniciativa pública.
La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, señala en su artículo 73 que el Plan de Ordenación del Territorio de ámbito subregional podrá establecer en cualquier clase de suelo reservas de terrenos de posible adquisición para la constitución o ampliación de los patrimonios públicos de suelo.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el 27 de julio de 2004 el Plan de Ordenación del Territorio de la Bahía de Cádiz (BOJA núm., de 8 de octubre), que contempla como zona de especial reserva para la localización de actividades, la comprendida en las Aletas-Río San Pedro (ZERPLA).
De conformidad con el citado Plan, la zona Aletas-Río San Pedro está constituida por unos terrenos donde las Administraciones Públicas tendrán que velar por un uso acorde con las necesidades globales de la Bahía, fomentar las actuaciones necesarias para localizar usos e instalaciones que apoyen el desarrollo de la actividad económica mediante la generación de suelo destinado a actividades productivas e impulsar la localización de equipamientos dotacionales y servicios a la población.
Esta zona es considerada de Grado I e interés autonómico, por lo que debe de incorporarse de forma inmediata a los procesos urbanos, siendo vinculantes las determinaciones de su ficha de actuación en cuanto a los usos previstos, debiendo el planeamiento urbanístico establecer su ordenación detallada. Para su desarrollo, se incluye esta zona como de reserva de terrenos a los efectos del artículo 73 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Dentro de este marco, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con el artículo 73 de la citada Ley, que prevé la competencia de esta Consejería para proceder a la delimitación de áreas de reservas de terrenos para su incorporación al Patrimonio Autonómico de Suelo mediante la aprobación de un Plan Especial, pretende redactar, tramitar y aprobar este instrumento de planeamiento para la delimitación de un área de reserva de terrenos en el ámbito geográfico de la zona denominada Las Aletas, entre la antigua N-IV (CA-32), N-443, la variante de los Puertos, la autopista de peaje AP4 y la A-4, por considerarse de un excepcional interés público, con las finalidades recomendadas en la ficha del ZERPLA 3 del Plan de Ordenación del Territorio de la Bahía de Cádiz: Centro de Transportes de Mercancías que aproveche las infraestructuras viarias, ferroviarias y portuarias; un Parque empresarial que combine la promoción de suelo con destino productivo con el apoyo a la formación de nuevas empresas y actividades; y finalmente un Parque Comercial-Recreativo.
La idoneidad del ámbito elegido para llevar a cabo estas actividades y proceder a su incorporación al patrimonio autonómico de suelo, viene condicionada, según se recoge en el propio Plan de Ordenación del Territorio de la Bahía de Cádiz, por la concurrencia de una serie de requisitos tales como la posición centrada y la potencial oferta de transporte que configuran el lugar como un nudo de comunicaciones favoreciendo la localización de dotaciones y servicios para la cobertura de demandas metropolitanas y provinciales; las conexiones portuarias, ferroviarias y con la red regional de carreteras que otorgan a estos suelos un valor de especial relevancia para la localización de actividades productivas; y por último, la titularidad pública de la mayoría de la
superficie de los suelos.
A la vista de estos antecedentes, de acuerdo con el artículo
26 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, y de conformidad con las
competencias atribuidas a la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el artículo 31.2.A.a) de la citada Ley y al titular de esa Consejería en el artículo 5.3.b).4.º del Decreto 193/2003, de 1 de julio, que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y
urbanismo
R E S U E L V O
Primero. Acordar la formulación del Plan Especial para la delimitación del área de reserva de terrenos en la zona de Las Aletas en Puerto Real (Cádiz), que comprenderá el espacio entre la antigua N-IV (CA-32), N-443, la variante de los Puertos, la autopista de peaje AP4 y la A-4, en la Bahía de Cádiz, de aproximadamente 527 ha, considerado de excepcional interés público.
Segundo. La tramitación, de conformidad con la Ley 7/2002, de
17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se ajustará al siguiente
procedimiento:
- Corresponderá al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Cádiz, mediante Resolución, la Aprobación Inicial regulada en el artículo 32.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
- Tras la Aprobación Inicial, el expediente deberá notificarse a los titulares de los bienes y derechos afectados por la delimitación del área de reserva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
- Igualmente, el expediente será sometido a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en un diario de la
provincia de Cádiz, con audiencia al municipio de Puerto Real. Asimismo, se dará traslado de la Aprobación Inicial a las Administraciones y Entidades públicas o privadas que por sus competencias u objeto resulten afectadas por la delimitación del área de reserva.
- En el caso de producirse modificaciones respecto al
documento aprobado inicialmente, procederá la Aprobación Provisional por el titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Cádiz.
- La Aprobación Definitiva corresponde, mediante Orden, al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
- Tras la Aprobación Definitiva, se inscribirá en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios
Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
- La instrucción e impulso del expediente corresponde al titular de la Dirección General de Urbanismo.
Disposición Adicional Unica. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de diciembre de 2004
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
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