Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA POR PROMOCION INTERNA DE CUATRO PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE MARBELLA POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION
1. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por promoción interna y por el procedimiento de concurso-oposición de cuatro plazas de Oficial de la Policía Local. Las referidas plazas se encuentran encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, de la plantilla del Ayuntamiento de Marbella.
A los titulares de las mismas, incumbirá el desempeño de los trabajos y cometidos establecidos en el artículo 173 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y Ley 13/2001, de Coordinación de los Policías Locales de Andalucía.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario:
- Ostentar el nombramiento como funcionario de carrera en la categoría de Policía Local de Marbella, con una antig?edad reconocida mínima de dos años.
- Estar en posesión del título de Bachiller Superior o haber superado el correspondiente curso de dispensa a que se refiere la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 13/01.
- Carecer en el expediente personal de inscripción por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de admisión de instancias.
3. Presentación de instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso-oposición deberán contener la manifestación por parte de los aspirantes que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, adjuntando las certificaciones y títulos o fotocopias debidamente compulsadas, en donde acrediten los méritos alegados por los concursantes según la Orden de la Consejería de Gobernación de
22.12.03, BOJA núm. 2 de 5.1.04, y se dirigirán al Presidente de la Corporación, así como el recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen correspondientes; presentándose en el Registro General del Ayuntamiento de Marbella, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al que aparezca el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4. Lista de admitidos y fecha de celebración de las pruebas.
Recibidas las instancias, si se apreciara que cualquiera de ellas adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane el mismo, con el apercibimiento de que, de no hacerlo así, se tendrá por no presentada la misma. Una vez terminado el plazo de admisión y subsanados los defectos apreciados, se confeccionará la lista definitiva de admitidos y se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación, así como la fecha, hora y lugar de celebración de la prueba, por así permitirlo el proceso selectivo de promoción interna.
5. Tribunal Calificador.
El Tribunal estará compuesto de la siguiente forma:
Presidente/a: El de la Corporación o Tte. Alcalde en quien delegue.
Vocales:
- El Delegado de Seguridad Ciudadana.
- El Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Marbella.
- Un representante de la Consejería de Gobernación.
- Un funcionario de carrera designado por la Junta de Personal del M.I. Ayuntamiento de Marbella.
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
En la convocatoria figurará la composición nominal del
Tribunal.
6. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
c) Curso de Capacitación.
7. Baremo del concurso.
En la valoración de los méritos se aplicará lo dispuesto en la Orden de 22 de diciembre de 2003, Anexo V, publicada en el BOJA núm. 132 de 5 de enero de 2004.
8. Fase de oposición.
Prueba de conocimientos que se desarrollará conforme a lo previsto en el art. 22.2 del Decreto 201/03 y al programa contenido en la Orden de 22 de diciembre de 2003 publicada en el BOJA núm. 2 de 5 de enero de 2004.
9. Propuesta del Tribunal.
Finalizadas las fases del concurso y oposición, el Tribunal publicará por orden de puntuación la lista de aquellos
aspirantes que hayan superado todos y cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición, que no podrá suponer un número mayor que el de plazas convocadas.
10. Presentación de documentos.
Los aspirantes propuestos aportarán al Departamento de
Personal los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria, en el plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados.
11. Curso selectivo.
Los aspirantes propuestos realizarán un Curso Selectivo de Capacitación en la Escuela de Policía Local, Protección Civil y Extinción de Incendios del Excmo. Ayuntamiento de Marbella o en la ESPA, que se regulará en detalle por el procedimiento reglamentariamente previsto en las citadas Escuelas.
La superación de dicho curso será requisito indispensable para el nombramiento definitivo.
12. Calificación definitiva.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de la fase de oposición, la de concurso y la que haya alcanzado en el Curso de Capacitación.
13. Nombramiento.Superado con aprovechamiento el preceptivo Curso de Capacitación, la Dirección de la Escuela de Seguridad Municipal remitirá al Ayuntamiento informe sobre las aptitudes de los alumnos, que será valorado por el Tribunal antes de su nombramiento como funcionarios de carrera.
14. Toma de posesión.
Los aspirantes nombrados tomarán posesión del cargo en la forma y tiempo que se establezca por la Alcaldía-Presidencia, conforme a las disposiciones vigentes en la materia.
15. En lo no previsto en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en el Decreto 201/03, Orden de la Consejería de Gobernación de 22.12.03; R.D. 364/95; R.D. 896/91; y Ley
30/92.
Marbella, 1 de diciembre de 2004.- La Alcaldesa, P.D. de firma de la Alcaldía, Rafael González Carrasco.
Descargar PDF