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NIG: 2906742C20030019333.
Procedimiento: J. Verbal (N) 904/2003. Negociado: E.
De: Empresa Municipal de Aguas de Málaga, S.A. (EMASA).
Procuradora: Sra. García González, Francisca.
Letrado: Sr. Souvirón de la Macorra, Santiago.
Contra: Don Francisco Jodar Vida.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 904/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga a instancia de Empresa Municipal de Aguas de Málaga, S.A.
(EMASA) contra Francisco Jodar Vida, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 20
En Málaga, a 28 de enero de dos mil cuatro.
Vistos por mí, don Alejandro Martín Delgado, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de los de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal, registrado con el número
904/03, y seguido entre partes de una y como demandante la Empresa Municipal de Aguas de Málaga
(EMASA), representada por la procuradora Sra. García González, y asistida por el letrado Sr. Souvirón de la Macorra, y de otra y como demandado don Francisco Jodar Vida, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
F A L L O
Que, estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. García González, en nombre y representación de la entidad Empresa Municipal de aguas de Málaga (EMASA), contra don Francisco Jodar Vida, en rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que satisfaga a la actora la suma de setecientos cuarenta y seis euros con noventa y un céntimo (746,91); más los intereses de dicha cantidad, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Ello con expresa condena de la demandada al pago de las costas procesales causadas.
Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo.2 LEC).
Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
E/.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al
demandado Francisco Jodar Vida, extiendo y firmo la presente en Málaga a cinco de julio de dos mil cuatro.- El/La
Secretario.
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