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Concluido el proceso selectivo para la concesión de las Becas de Formación e Investigación en el Area de Administración Local, convocadas al amparo de la Orden de la Consejería de Gobernación de 3 de noviembre de 2003, y de acuerdo con la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de
2001 (BOJA 122 de fecha 20 de octubre de 2001), a la vista de la relación definitiva de los participantes a las mismas y en virtud del artículo 11 de la Orden de 27 de septiembre de 2001, por delegación del titular de la Consejería de Gobernación,
R E S U E L V O
Primero. Conceder las Becas de Formación e Investigación en el Area de Administración Local, a los siguientes beneficiarios:
Finalidad 6.1.
Doña Lucía Yllescas Villalonga.
Finalidad 6.2.
Doña Silvia Raya Plazas.
Doña M.ª del Pilar Cortes Sánchez.
Don Gregorio Salvador Romero.
Segundo. Las becas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.482 00..81.A, su dotación económica es de 950 euros mensuales y su duración será de 12 meses a computar desde la fecha de incorporación de los adjudicatarios a este Centro Directivo que habrá de realizarse necesariamente antes del día 15 de febrero de 2004, quedando sin efecto la adjudicación en otro caso, salvo que medie causa justificada.
Tercero. Notifíquese al adjudicatario con indicación de que habrán que aceptar la Beca en un plazo de 15 día siguientes a la recepción de la notificación, declarando no hayarse incurso/a en la incompatiblidad establecida en el apartado del artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
Cuarto. En los supuestos de renuncia, se procederá a dictar nueva resolución a favor del candidato que figura a continuación en las relaciones ordenadas y elaboradas por la Comisión de Selección, como resultado del proceso selectivo.
Quinto. La presente Resolución tendrá efectos desde el momento en que se dicte. No obstante, habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía conforme a lo previsto en el artículo 11.3 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
Sexto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser impugnada ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses desde su publicación o potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante este órgano.
Sevilla, 2 de febrero de 2004.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.
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