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NIG: 2990141C20027000215.
Procedimiento: J. Verbal (N) 189/2002. Negociado: De: Doña Nicoleta Barran.
Procuradora: Sra. Alonso Montero, Belén.
Contra: Doña Victoria Crawford.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 189/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Torremolinos a instancia de Nicoleta Barran contra Victoria Crawford sobre desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su fallo, es como sigue:
Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Alonso Montero en nombre y representación de Nicoletta Barran contra Victoria Crawford debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento y haber lugar al desahucio del demandado por falta de pago de la renta apercibiéndole expresamente de lanzamiento si no desaloja el inmueble arrendado que consta en autos dentro del plazo legal, y que debo condenar y condeno a dicho demandado a pagar al actor la cantidad de 2.434,10 euros, más los intereses legales desde la fecha de emplazamiento, con expresa condena en costas al demandado.
Notifíquese la presente resolución y al hacerlo hágase saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en cinco días preparado ante este Juzgado para ante la A.P. de Málaga, sin que se admita recurso alguno al demandado si al prepararlo no manifiesta acreditándolo por escrito tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo a derecho deba pagar adelantadas.
Así por ésta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Victoria Crawford, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veintitrés de febrero de dos mil cuatro.El Secretario.
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