Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la petición formulada por don Manuel Florencio Fernández Colchero, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención Tesorería, categoría de entrada, en virtud de Orden del Ministerio de Administraciones Públicas de 18 de febrero de
2004 (BOE núm. 59, de 9 de marzo), para obtener nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Brenes, así como la conformidad de esta Corporación manifestada mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 5 de marzo de 2004, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley
22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo
11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 121/2002, de
9 de abril.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Nombrar a don Manuel Florencio Fernández Colchero, con DNI 28.921.152, como Interventor, con carácter provisional del Ayuntamiento de Brenes (Sevilla).
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sevilla, 9 de marzo de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
Descargar PDF