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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto
266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo.
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa
Bajada de bandera 0,97 euros
Por cada km recorrido 0,66 euros
Hora de parada o espera 14,52 euros
Carrera mínima 2,66 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,19 euros
Por cada km recorrido 0,81 euros
Hora de parada o espera 18,16 euros
Carrera mínima 3,34 euros
La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, de ,00 a 24,00 horas.
b) Servicios realizados en días laborables, en horas nocturnas de 22,00 a 6,00 horas.
c) Servicios realizados durante los días de Feria.
d) Servicios realizados durante los días de Semana Santa.
e) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, de 0 a 24 horas.
Suplementos
(No aplicables en servicios Interurbanos)
- Por cada maleta, bulto o conjunto de bultos de más de 60 cm 0,37 euros
- Servicios en días de Feria, de 22 a 6 horas, sobre lo marcado en la tarifa 225%
- Servicios en días de Semana Santa
de 22 a 6 horas, sobre lo marcado
en la tarifa 225%
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 27 de febrero de 2004.- El Viceconsejero, P.S. (Dto.
137/2000), La Secretaria General Técnica, Asunción Peña Bursón.
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