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Habiéndose intentado la notificación a don Alberto Palma Santana, Entidad "Atentamente Cerdo", mediante escrito de 8 de octubre de 2003 del Servicio de Gestión de Programas, de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, y dado que dicho intento ha resultado infructuoso, se publica el presente anuncio en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El texto literal del referido escrito era el siguiente:
"Asunto: Vencimiento plazo justificación; Expediente: B01123SB98FP; Beneficiario: Don Alberto Palma Santana, Entidad "Atentamente Cerdo"; Importe Total Subvención: 4.207,08 E; Ejercicio 2001: 2.524,25 E; Ejercicio 2003: 1.682,83 E; Plazo límite de justificación: 26 de noviembre de 2002; Días de atraso: 315.
Vencido el plazo de justificación del expediente de subvención epigrafiado, tramitado conforme a la Orden de 6 de octubre de
2000 por la que se establecen las bases reguladoras de las medidas de apoyo a la promoción de obras audiovisuales, así como de la resolución de 26 de noviembre de 2001, sin que esa entidad haya remitido a este centro directivo la documentación justificativa del cumplimiento de la finalidad de la ayuda concedida que a continuación se relaciona, le informo que la misma deberá presentarse en el plazo máximo de 10 días, a contar desde la recepción del presente escrito:
a) Memoria de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos en relación con la finalidad para la que la ayuda fue concedida.
b) Documentación acreditativa y justificada del total del presupuesto y de los gastos de la empresa beneficiaria de la ayuda.
c) Dos ejemplares de los materiales publicitarios utilizados en el desarrollo de la actividad subvencionada.
Le recuerdo que el importe de la documentación justificativa deberá corresponderse con el presupuesto aceptado de la actividad, aún en el caso, de que la cuantía de la subvención concedida fuese inferior.
Si se hubiese alcanzado el objeto o finalidad de la ayuda concedida, pero no se justificara debidamente el total del presupuesto aceptado de la actividad, por este órgano gestor se procederá a la reducción del importe de la subvención concedida, aplicando el porcentaje de financiación sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no presentados o no aceptados.
En caso de no presentar la documentación requerida en el plazo indicado, se procederá al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, así como, en su caso, a la anulación del resto de la subvención pendiente de tramitar, conforme a lo establecido en el artículo 112 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En Sevilla, a 8 de octubre de 2003. La Jefa del Servicio. Fdo. M.ª Eugenia Alés Esteban."
Asimismo se indica que la Resolución referida se ha enviado al tablón de anuncios de la localidad que se indica; igualmente, en el Servicio de Gestión de Programas de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, sito en la C/ Levíes núm. 17, Sevilla, se encuentra a disposición del beneficiario el expediente.
Por último, se le informa que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante esta Dirección General en el plazo de un mes o interponer recurso contencioso
administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a contar desde el día siguiente a la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en la nueva redacción dada a los artículos 109, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Núm. Expte.: B01123SB98FP.
Notificado: Don Alberto Palma Santana, Entidad "Atentamente Cerdo".
Ultimo domicilio: C/ Enladrillada, 7-9, 9.º 41003 Sevilla.
Trámite que se notifica: Vencimiento plazo de justificación.
Sevilla, 10 de marzo de 2004.- El Director General,
Alberto Bandrés Villanueva.
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