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NIG: 2906742C20010016047.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 658/2001. Negociado: 8.
Sobre:
De: Sociedad Cooperativa Industrial Autosol.
Procurador: Sr. Lopera Pacheco, Paloma.
Letrado: Sr. Ortega Gaspar, José Luis.
Contra: Consorcio de Compensación de Seguros y don Juan Luis Figueroa Carballán.
Doña María Eugenia Hernández Ollero, Secretario de Primera Instancia Núm. Siete de los de Málaga y su partido.
Hago saber: Que en el Procedimiento Ordinario de referencia se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia. En Málaga a 11 febrero de 2004.
La Sra. doña M.ª Teresa Sáez Martínez, Magistrada-Juez de Primera Instancia núm. Siete de Málaga y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandante Sociedad Cooperativa Industrial Autosol representado por la Procuradora doña Lopera Pacheco, Paloma y bajo la dirección del Letrado don Ortega Gaspar, José Luis, y de otra como demandado don Juan Luis Figueroa Carballán , Consorcio de Compensación Seguros en reclamación de cantidad, y,
F A L L O
Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora Sra. Lopera Pacheco, en nombre y representación de Sociedad Cooperativa Industrial Autosol de Torremolinos, contra el Consorcio de Compensación de Seguros y don Juan Luis Figueroa Carballán, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que abonen al actor la suma de tres millones dieciséis mil doscientas noventa y cuatro ptas. (3.016.294 ptas.), o su equivalente en euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de esta resolución hasta su pago o consignación, dentro de los límites y cuantías reglamentariamente establecidas por lo que se refiere al Consorcio de Compensación de Seguros. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este juzgado en término de quinto día siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a don Juan Luis Figueroa Carballán se expide la presente, que se insertará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tablón de anuncios de este juzgado.
Málaga, 11 de febrero de 2004.- El/La Secretario.
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