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La Consejería de Medio Ambiente se encuentra actualmente tramitando el "Proyecto de Decreto por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Doñana y se modifica el ámbito territorial del citado Parque Natural", el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, fue sometido al trámite preceptivo de información pública mediante la Resolución de la Dirección General de Planificación de 27 de noviembre de 2003, que fue publicada en el BOJA núm., de 19 de diciembre de 2003. Igualmente el citado Proyecto de Decreto fue sometido al trámite de audiencia y consulta a los intereses sociales e institucionales implicados y de las asociaciones que persigan el logro de los principios establecidos en el artículo de la Ley/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Finalizados los citados trámites, han presentado alegaciones un total de veintiún alegantes. Dichas alegaciones e informes se encuentran actualmente en fase de valoración.
Por otro lado, el día 9 de diciembre de 2003 fue aprobado el Plan de Ordenación del Territorio del Ambito de Doñana (BOJA núm., de 3 de febrero de 2004), que recoge una propuesta en relación con el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana. En concreto, el citado Plan propone incorporar al Parque Natural un espacio de casi 500 hectáreas situado al este del núcleo de Mazagón y delimitado por la carretera A-494, la playa, la Torre del Loro y el arroyo Las Huesas. Se trata de una zona de acantilados dunares con presencia de especies de alto valor ecológico, como la sabina y el enebro marítimo, destacando así mismo por su valor paisajístico.
Tras la adquisición por parte de la Consejería de Medio Ambiente de la finca Huerta Tejada, colindante al Parque Natural, de acuerdo con el artículo de la Ley/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, se propone su incorporación al Parque Natural, en orden al valor de los ecosistemas que alberga y al gran interés de esta zona para el desarrollo de actividades vinculadas al uso público y a la educación ambiental.
En razón de lo expuesto, con la finalidad de adecuar el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, así como sus instrumentos de planificación, a las disposiciones del Plan de Ordenación del Territorio del Ambito de Doñana e incluir la finca Huerta Tejada en el mismo, se modifica el "Proyecto de Decreto por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Doñana y se modifica el ámbito territorial del citado Parque Natural", lo que hace necesaria la apertura de un período de información pública que garantice la necesaria publicidad de aquellos contenidos del citado Proyecto de Decreto que son objeto de modificación.
Del mismo modo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley/1989, de 27 de marzo, se procederá a los trámites de audiencia y consulta a los intereses sociales e institucionales implicados y de las asociaciones que persigan el logro de los principios establecidos en el artículo de la citada Ley.
En virtud de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, y para facilitar el acceso y consulta por parte de todos los interesados de la documentación relativa a la mencionada propuesta,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la apertura de un trámite de información pública de la modificación del "Proyecto de Decreto por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Doñana y se modifica el ámbito territorial del citado Parque Natural". Quedan detallados en los Anexos de esta Resolución aquellos contenidos del Proyecto de Decreto que son objeto de
modificación.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar para información pública a todos aquellos interesados en el citado Proyecto.
Los documentos se encontrarán a disposición de los interesados en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente (Dirección General de Planificación; Casa Sundhein, Avda. Manuel Siurot núm., 41071, Sevilla), así como en las
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva (C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, 21071, Huelva), Sevilla (Avda. de la Innovación, s.n., Edificio Minister, 41071, Sevilla) y Cádiz (Plaza de Asdrúbal, s.n., 11008, Cádiz), y en la oficina del Parque Natural Doñana (C/ Sevilla núm.- 1.ª planta, 21730, Almonte, Huelva), siendo el horario de consulta de nueve a catorce horas.
Tercero. La presente Resolución y los correspondientes
documentos están disponibles en la página web de la Consejería de Medio Ambiente (www.juntadeandalucia.es/medioambiente).
Cuarto. El plazo de presentación de las alegaciones será de treinta días naturales a contar desde la publicación de la presente Resolución.
Quinto. Las alegaciones deberán presentarse por escrito en los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente, en las Delegaciones Provinciales de Huelva, Sevilla y Cádiz, o en la oficina del Parque Natural Doñana, sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo.4 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ser dirigidas a la Consejera de Medio Ambiente o al Delegado/a Provincial, respectivamente.
Sevilla, 25 de marzo de 2004.- El Director General, Rafael Silva López.
ANEXO I
Modificación del Proyecto de Decreto por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Doñana y se modifica el ámbito territorial del citado Parque Natural.
P R E A M B U L O
Se modifica párrafo 13: "Por otra parte, de conformidad con el artículo.1 de la Ley/1989, de 18 de julio, se procede mediante el presente Decreto a ampliar el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, mediante la incorporación al mismo de la Zona de Protección del Parque Nacional de Doñana de la
carretera Almonte-Torre de la Higuera así como la inclusión de las fincas Coto II de Hato Ratón y Huerta Tejada, ambas propiedad de la Junta de Andalucía. A su vez se incluye la franja comprendida entre la base del acantilado y la carretera A-494 desde la margen derecha del arroyo del Loro hasta la margen derecha del arroyo Las Huesas, tal como propone el Plan de Ordenación del Territorio del Ambito de Doñana".
Se modifica párrafo 14: "La ampliación, que supone la
incorporación al Parque de 1.245 ha, comprende terrenos pertenecientes a los términos municipales de Almonte, Lucena del Puerto, Moguer, Aznalcázar y Villamanrique de la Condesa y reúne las características ecológicas adecuadas para ello".
Se renumeran los restantes párrafos
D I S P O N G O
Artículo 4. Modificación del ámbito territorial del Parque Natural.
Se modifica: "1. Se modifica el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, mediante la incorporación al citado Parque de la Zona de Protección del Parque Nacional de la Carretera Almonte-Torre de la Higuera, de las fincas Coto II de Hato Ratón y Huerta Tejada y del sector comprendido entre la base del acantilado y la carretera A-494 desde la margen derecha del arroyo del Loro hasta la margen derecha del arroyo Las Huesas".
ANEXO II
Modificación del Anexo I, Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de Doñana, del Proyecto de Decreto por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Doñana y se modifica el ámbito territorial del citado Parque Natural.
2.1. Introducción.
Se modifica el primer párrafo: "El Parque Natural de Doñana se extiende por una superficie de 56.523 ha, ...".
4.2.2. Zonas de Reserva. Zonas A.
Se modifica: "Las Zonas de Reserva, que representan un 22,95% de la superficie del Parque Natural (12.974 ha)...".
Se modifica: "1) Médano del Asperillo y Arroyo del Loro. Corresponde a la franja litoral comprendida desde la base del acantilado hasta la carretera A-494, desde la pista de acceso al camping Rocío Playa hasta la margen derecha del arroyo del Loro. Quedan excluidos los recintos vallados del antiguo campamento Dunas de Almonte y de la Residencia de la Guardia Civil Duque de Armada".
Se incluye: "2) Acantilado y dunas del entorno del Parador Nacional Cristóbal Colón. Zona comprendida entre la base del acantilado y el carril que discurre inmediatamente a sotavento de la duna, desde la margen derecha del arroyo del Loro hasta la margen derecha del arroyo Las Huesas".
Se renumeran los restantes apartados de este punto.
4.2.3. Zonas de Regulación Especial. Zonas B.
Se modifica: "Estas Zonas de Regulación Especial, que
representan un 70,30% de la superficie del Parque Natural (39.735 ha)...".
Subzona B.1. "Terrenos de monte".
Se incluye: "3) Franja litoral del entorno del Parador Nacional Cristóbal Colón. Zona comprendida entre el carril que discurre a sotavento de la duna y la carretera A-494, desde la margen derecha del arroyo del Loro hasta la margen derecha del arroyo Las Huesas. Quedan excluidos los recintos vallados del camping Doñana, del Campamento Militar de Arenosillo (INTA) y del Parador Nacional de Cristóbal Colón, así como las instalaciones de la Consejería de Medio Ambiente y el poblado forestal de Mazagón".
Se incluye: "4) Antiguo campamento Dunas de Almonte. Se corresponde con el recinto vallado del antiguo campamento Dunas de Almonte".
Se renumeran los restantes apartados de este punto.
Se modifica: "Representan el 39,54% de la superficie del Parque Natural (22.347 ha)".
Subzona B.2. "Marisma no explotada".
Se incluye: "11) Finca Huerta Tejada. Se corresponde con los límites de la citada finca, propiedad de la Consejería de Medio Ambiente".
Se modifica: "Representan el 19,32% de la superficie del Parque Natural (10.923 ha)".
Subzona B.3. "Marisma explotada".
Se renumeran los apartados de este punto.
Se modifica: "Representan el 11,44% ...".
4.2.4. Zonas de Regulación Común. Zonas C.
Se modifica: "Estas Zonas de Regulación Común representan el
6,75% de la superficie del Parque Natural (3.814 ha)".
Subzona C.1. "Cultivos agrícolas".
Se modifica: "Representan el 6,48% ...".
Subzona C.2. "Núcleos de edificaciones".
Se elimina: "5) Antiguo Campamento Dunas de Almonte. Situado entre la carretera de acceso al Cuartel de la Guardia Civil del Loro y el límite occidental de la zona militar Médano del Loro.
Se incluye: "5). Residencia Guardia Civil. Se corresponde con el recinto vallado de la Residencia de la Guardia Civil.
6) Camping Doñana. Se corresponde con el recinto vallado del camping Doñana.
7) Campamento Militar de Arenosillo (INTA). Se corresponde con el recinto vallado del Campamento Militar de Arenosillo (INTA).
8) Parador Nacional de Cristóbal Colón. Se corresponde con el recinto vallado del Parador Nacional de Cristóbal Colón.
9) Instalaciones de la Consejería de Medio Ambiente. Incluye casa forestal, talleres y naves, así como la adecuación recreativa de Mazagón".
10) Poblado forestal de Mazagón. Se corresponde con el área ocupada por el citado poblado".
Se modifica: "Representan el 0,21% de la superficie del Parque Natural (120 ha)".
8. Cartografía de Ordenación.
Se modifican los mapas número 2, 5 (que pasa a ser el mapa 6) y
26 (que pasa a ser el mapa 27).
Se incluye un nuevo mapa con el número, a partir del cual se renumeran los restantes.
ANEXO III
Modificación del Anexo III del Proyecto de Decreto por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Doñana y se modifica el ámbito territorial del citado Parque Natural.
2. Límites del sector Este: Entremuros, El Cangrejo, Caracoles, Brazo de la Torre y Veta de la Palma.
Se modifica: "2. Límites del sector Este: Entremuros, El Cangrejo, Caracoles, Huerta Tejada, Brazo de la Torre y Veta de la Palma.
Oeste.
Comienza en el vértice suroccidental que tiene la finca Los Caracoles con el Parque Nacional de Doñana, punto de
coordenadas UTM, huso 30, en metros, X 202861; Y. Desde aquí asciende en dirección Norte, siguiendo el límite de dicha finca con el Parque Nacional hasta llegar al muro de la FAO. Continúa por la margen Sur del muro, en dirección Este, hasta llegar a su intersección con el muro derecho de Entremuros. Asciende unos metros en dirección norte por la margen este de dicho muro hasta alcanzar el límite de la finca de Huerta Tejada. Bordea dicha finca por sus límites sur, oeste y norte, incluyéndola dentro del espacio, hasta, de nuevo, intersectar con el muro derecho de Entremuros, punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X; Y 4108329. Desde aquí, asciende en dirección norte por la margen este dicho muro hasta su intersección con el camino que conduce a la casa del Cerrado, continuando por la margen izquierda del caño del Juncal en dirección Sureste hasta alcanzar, por el talud de Entremuros, el muro de la margen izquierda del nuevo encauzamiento del Brazo de la Torre".
4. Límites del sector Oeste: Abalario.
Se modifica: "Sur:
Desde este punto en dirección Oeste por la base del acantilado del Asperillo (coincidiendo, en parte, con el límite del Monumento Natural Acantilado del Asperillo), hasta el punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X; Y desde donde asciende por la margen derecha del arroyo de Las Huesas hasta la carretera A-494, dirigiéndose por la margen norte de la misma hasta el punto de coordenadas UTM, huso 30, en metros, X
163510; Y 4115915.
Superficie:
Se modifica:
"...Superficie sector Este: 16.459 ha ..."
...Superficie sector Oeste: 18.846 ha ..."
Superficie Total: 56.523 ha".
Se incluye: "Términos municipales: Sanlúcar de Barrameda, en la provincia de Cádiz, Almonte, Hinojos, Lucena del Puerto y Moguer, en la provincia de Huelva y Aznalcázar, Isla Mayor, Pilas, La Puebla del Río y Villamanrique de la Condesa, en la provincia de Sevilla.
Provincias: Cádiz, Huelva y Sevilla".
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