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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 0,92 euros
Por cada km recorrido 0,58 euros
Hora de parada o espera 13,33 euros
Carrera mínima 2,66 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,18 euros
Por cada km recorrido 0,72 euros
Hora de parada o espera 16,66 euros
Carrera mínima 3,34 euros
La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, de
0,00 a 24,00 horas.
b) Servicios realizados en días laborables, en horas nocturnas de 22,00 a 6,00 horas.
c) Servicios realizados durante los días de Feria.
d) Servicios realizados durante la Semana Santa, desde las
22,00 horas del Miércoles Santo.
e) Servicios realizados los días 5 de enero, 24 y 31 de diciembre de 0,00 a 24,00 horas.
Suplementos
No aplicables en Servicios Interurbanos:
- Por cada maleta, bulto o conjunto
de bultos de más de 60 cms 0,35 euros
- Servicios en días de Feria, de 22 a
10 horas, sobre lo marcado en la tarifa 225% Suplementos especiales sobre lo marcado en el taxímetro
1.º De Utrera a Urbanizaciones que disten menos de 6 km desde el centro urbano 2,70 euros
2.º Desde Utrera a Urbanizaciones que disten más de 6 km desde el centro urbano 3,49 euros Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 23 de febrero de 2004.- El Viceconsejero, P.S. (D.
137/2000), La Secretaria General Técnica, Asunción Peña Bursón.
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