Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El expediente de Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga relativa a las Areas de Reserva AR-11 y AR-12 (Finca Soliva), fue aprobado provisionalmente, en su última redacción, mediante el Acuerdo del Pleno del citado Ayuntamiento, de 30 de enero de 2004.
Tras la tramitación oportuna, el Ayuntamiento de Málaga remitió la documentación integrante del expediente a esta Consejería para su aprobación definitiva, de conformidad con el art. Unico de la Ley 1/1997 de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, que asume como Derecho Autonómico el contenido de los artículos 118.3.a) y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992, y que resulta de aplicación a este expediente, así como el Decreto 77/1994, de 5 de abril, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
La Sección de Urbanismo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el 30 de marzo de
2004, ha informado el expediente en sentido favorable después de su análisis y tras conocer el informe emitido por la Dirección General de Urbanismo de 24 de marzo de 2004.
Vistos los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 5.2.10 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen,
RESUELVO
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga relativa a las Areas de Reserva AR-11 y AR-12 (Finca Soliva), por cuanto su contenido, determinaciones y tramitación son acordes con la legislación urbanística vigente.
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art.
29 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, y se notificará al Ayuntamiento de Málaga.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el art. 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 14 de abril de 2004
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes en funciones
Descargar PDF