Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 03/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. CUATRO DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento de tercería de dominio núm. 401/2000. (PD. 1331/2004).

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NIG: 2906742C20004000694.

Procedimiento: Tercería de Dominio 401/2000. Negociado: JO.

Sobre: Tercería de Dominio.

De: Don Juan Trujillo Serrano.

Procuradora: Sra. Gómez Tienda, Ana María.

Letrado: Sr. Pérez Conejo, Ceferino.

Contra: Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía y Casas Andaluzas Sociedad Cooperativa Limitada.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de Tercería de Dominio 401/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga a instancia de Juan Trujillo Serrano contra Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía y Casas Andaluzas Sociedad Cooperativa Limitada, sobre Tercería Dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA

En Málaga, a doce de enero de dos mil cuatro.

La Sra. doña Enriqueta Alonso Russi, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Cuatro de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Tercería de Dominio

401/2000 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Juan Trujillo Serrano con Procuradora doña Ana María Gómez Tienda y Letrado don Ceferino Pérez Conejo y de otra como demandado Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, defendida por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía y Casas Andaluzas Sociedad Cooperativa Limitada, declarada en rebeldía, y,

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por doña Ana María Gómez Tienda, Procuradora de los Tribunales y de don Juan Trujillo Serrano, defendido por don Ceferino Pérez Conejo, contra la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, asistida por la Sra. Letrada del Estado y contra Casas Andaluzas, Sociedad Cooperativa Limitada, en rebeldía procesal, debo absolver y absuelvo a las partes demandadas de todas las pretensiones efectuadas en su contra con expresa condena en costas a la parte actora.

Así por esta mi sentencia contra la que es susceptible de interponer recurso de apelación, en los términos de la Ley

1/2000, de 7 de enero, lo pronuncio, mando y firmo." Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Casas Andaluzas Sociedad Cooperativa Limitada, extiendo y firmo la presente en Málaga, a cinco de abril de dos mil cuatro.- El Secretario.

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