Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 10/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº 6 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 282/2003. (PD. 1431/2004).

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N.I.G.: 2905441C20036000390.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 282/2003. Negociado: De: Don Kurt Kaufmann y Katharina Kaufmann-Baumgartner.

Procuradora: Sra. Cruz García Valdecasas, Angela y Cruz García Valdecasas, Angela.

Contra: Rockworld International Limited.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 282/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Fuengirola a instancia de Kurt Kaufmann y Katharina Kaufmann-Baumgartner contra Rockworld International Limited, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Fuengirola a 20 de noviembre de 2003.

Vistos por mí, doña María del Río Carrasco, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Fuengirola y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 282/2003, a instancia de la Procuradora Sra. García Valdecasas en nombre y representación de don Kurt Kaufmann y Katharina Kaufmann- Baumgartner defendidos por el Letrado Sr. Canteraro Martínez contra Rockworld International Limited, en rebeldía.

F A L L O

Que estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. García Valdecasas en nombre y representación de don Kurt Kaufmann y doña Katharina Kaufmann-Baumgartner contra Rockworld International Limited, en rebeldía y en consecuencia declara la resolución del contrato núm. WWVC

26049901 G de fecha 26.4.99 suscrito entre las partes; asimismo se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 27.609,76 euros en concepto de principal y la cantidad de 4.069,4 euros en concepto de intereses devengados hasta la presentación de la demanda, todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndose saber que la misma no es firme, pudiéndose interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva en forma al demandado Rockworld International Limited, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a nueve de marzo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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