Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 10/06/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 12 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 777/2002. (PD. 2064/2005).

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NIG: 4109100C20020023810.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 777/2002.

Negociado: 4.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Adolfo Domínguez, S.A.

Procurador: Sr. Francisco Javier Macarro Sánchez del Corral.

Contra: Snoopylandia 2000, S.L., y María Angeles Troya González.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 777/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de Adolfo Domínguez, S.A., contra Snoopylandia 2000, S.L., y doña María Angeles Troya González sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Sevilla, a 8 de marzo de 2004.

Vistos por doña M.ª Fernanda Mirmán Castillo, los presentes autos de Juicio Ordinario 777/02 a los que se han acumulado los de Juicio Ordinario 1395/02 seguidos en este mismo Juzgado, a instancia de Adolfo Domínguez, S.A., representada por el Procurador don Ernesto Aguilar Aguilar y asistido por don Juan Manuel Bustamante Sainz, contra Snoopylandia, S.L., y doña M.ª Angeles Troya González, en rebeldía.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por Adolfo Domínguez, S.A., contra Snoopylandia 2000, S.L., y condeno a ésta a abonar a la actora la cantidad de 8.506,04 euros, más los intereses legales fijados en el Fundamento quinto.

Estimo la demanda interpuesta por Adolfo Domínguez, S.A., contra doña M.ª Angeles Troya González, y condeno a ésta a pagar a la actora, solidariamente con Snoopylandia S.L., la cantidad de 8.506,04 euros, más los intereses legales fijados en el Fundamento quinto.

Las costas procesales se imponen a los demandados.

Notifíquese este Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse, en su caso, ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a aquel en que se notificara esta resolución.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Snoopylandia 2000, S.L., y doña M.ª Angeles Troya González, extiendo y firmo la presente en Sevilla a dieciséis de mayo de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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