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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el Decreto 298/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática y en la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática de esta Universidad, por el sistema general de acceso libre, con sujeción a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema general de acceso libre, las siguientes plazas de las Escalas de funcionarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla:
3 plazas (Opción: Informática y Comunicaciones) de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo B).
2 plazas de la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo C).
Las citadas plazas tendrán la jornada de trabajo que se contemple en la Relación de Puestos de Trabajo.
1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, serán nombrados funcionarios de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, o de la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según corresponda.
1.6. El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de julio. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la resolución del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
1.7. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a
familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.
2.1.3. Estar en posesión de la siguiente titulación académica o legalmente equivalente:
2.1.3.1. Para la Escala de Gestión de Sistemas e Informática: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
2.1.3.2. Para la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática: Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación en España.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
En Sevilla, a..... de de...............
ANEXO VI
Don/Doña,
con domicilio en y
Documento de Identidad o pasaporte núm.,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, que no ha sido sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En Sevilla, a..... de de............... 2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.6. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia (Anexo III), que será facilitada gratuitamente en el Area de Recursos Humanos de esta Universidad. También podrá ser utilizado el modelo oficial aprobado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. A la instancia se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. La falta de este requisito determinará la exclusión del aspirante.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.3. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán
presentar certificación expedida por el Area de Recursos Humanos de esta Universidad, acreditativo de las condiciones estipuladas en el Anexo I de esta convocatoria.
3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Ctra. de Utrera, km, 41013 Sevilla), o por cualquiera de los
procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se
dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Señor Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Esta convocatoria será también publicada en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado, a través de las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.
3.5. El número de referencia de esta convocatoria es el F2/05.
3.6. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla:
3.6.1. Para la Escala de Gestión de Sistemas e Informática (Grupo B): La cantidad de 26 euros en concepto de derechos de examen.
3.6.2. Para la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática (Grupo C): La cantidad de 20 euros en concepto de derechos de examen.
El ingreso o transferencia bancaria deberá efectuarse a la cuenta 0049-5048-502616135233, en el Banco Santander Central Hispano, a nombre de la "Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Ingresos diversos", haciéndose constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del interesado, número de referencia especificado en el punto 3.5, número de documento: 098, referencia 1: 004 y referencia 2: NIF.
La solicitud deberá ir acompañada del resguardo original acreditativo del ingreso o transferencia en el que deben constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del
interesado, Documento Nacional de Identidad y referencia núm. F2/05.
Aquellos aspirantes que utilicen el modelo de instancia aprobado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública, sólo podrán efectuar el abono de los derechos de examen a través de transferencia bancaria.
La falta del justificante del pago determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4 de esta convocatoria.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.8. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha resolución, que será publicada en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", figurarán los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad), con indicación expresa de la causa de exclusión; la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio, así como los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Rectorado).
4.2. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. A estos efectos, los aspirantes deberán comprobar, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no
imputables al sujeto pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo IV de esta convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar, de los miembros del Tribunal, declaración expresa de no hallarse incursos en las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.
5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas
selectivas, la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrarán la sesión de constitución con una antelación mínima de quince días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría de sus miembros titulares o suplentes, indicada en el apartado anterior.
5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus
trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Pablo de Olavide.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores, para la realización de los
ejercicios.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la
Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.
5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ctra. de Utrera, km, 41013 Sevilla, teléfono 954 349 206. La publicación de los Acuerdos del Tribunal en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, sustituirá a las notificaciones surtiendo sus mismos efectos, según lo
establecido en el art. 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que a cada Escala corresponda, de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 21 de abril).
5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas por Escala y opción. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan salvo, en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4. Una vez comenzadas los pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad Pablo de Olavide comunicándole, asimismo, las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados.
7.1. Finalizados el primer y segundo ejercicio el Tribunal hará públicas en el Rectorado de la Universidad las listas de aspirantes con las puntuaciones correspondientes, con
indicación de su Documento Nacional de Identidad.
7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Rectorado de la Universidad, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo conforme a lo indicado en la base 7.3.
El Presidente del Tribunal enviará copia de dicha relación al Rector de la Universidad, que ordenará su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".
7.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.
En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso y en último lugar, de
persistir el empate, atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.
8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hagan públicas las listas de aprobados en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", los opositores aprobados deberán presentar en el Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la Convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo V de la misma.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán también presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo VI a esta convocatoria.
8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados
funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".
8.4. Una vez concluido el proceso selectivo se podrá
confeccionar una lista ordenada, en la que figuren los
aspirantes que no hubieran obtenido plaza y seleccionados conforme a los criterios que la Universidad y la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario determinen, para su posible nombramiento como funcionarios interinos, siempre y cuando las necesidades de personal existentes en la Universidad Pablo de Olavide así lo requieran.
9. Norma final.
9.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Contra esta Resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-
administrativo anteriormente citado en tanto recaiga
resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal calificador de las pruebas, conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.
Sevilla, 31 de mayo de 2005.- El Rector Accidental, El
Vicerrector de Ordenación Académica y Postgrado, Juan
Fernández Valverde.
ANEXO I
EJERCICIOS Y VALORACION
Fase de concurso
En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
Para acceder a la Escala de Gestión de Sistemas e Informática (Grupo B):
Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los aspirantes en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, como funcionarios interinos en la Escala de Gestión de
Sistemas e Informática o como contratado laboral con carácter temporal desempeñando funciones propias de la Escala convocada o similares.
Para acceder a la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática (Grupo C):
Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los aspirantes en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, como funcionarios interinos en la Escala de Ayudantes Técnicos de Informática o como contratado laboral con carácter temporal desempeñando funciones propias de la Escala convocada o similares.
La valoración se realizará otorgando 0,5 puntos por mes completo de servicios prestados o fracción, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, hasta un máximo de 10 puntos.
Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Fase de oposición
1. Para acceder a la Escala de Gestión de Sistemas e
Informática (Grupo B):
La oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican siendo éstos eliminatorios. No
obstante el aspirante por una sola vez podrá realizar el ejercicio siguiente (2.º ó 3.º según corresponda), aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos, debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos.
Primer ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán responder a un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la
correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria. El número de preguntas correspondientes a la primera parte del temario no será superior al 20% del total de preguntas. El número de preguntas correspondientes al módulo general no será superior al 40% del total de preguntas.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.El Tribunal podrá establecer una penalización por las respuestas contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán realizar dos supuestos prácticos
directamente relacionados con la segunda parte del programa que figura como Anexo II.
El Tribunal propondrá dos supuestos por cada uno de los bloques de temas en que se divide la segunda parte del
programa. Los opositores deberán elegir un supuesto del Módulo general y otro supuesto del Módulo de Informática y
Comunicaciones.
En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la
sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución.
Se calificará de 0 a 5 puntos cada supuesto, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas
calificaciones.Tercer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos temas elegidos entre los cuatro propuestos por el Tribunal, distribuidos en uno por cada uno de los bloques de temas en que se divide el programa del Anexo II excluida la primera parte. Los opositores deberán elegir un tema del módulo general y otro tema del módulo de informática y comunicaciones.
El Tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído en sesión pública, en cuyo caso podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio.
El Tribunal determinará el tiempo máximo para la realización de este ejercicio.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. En este ejercicio no será de aplicación lo establecido en el apartado a) del punto 1.º.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.Para la realización de los anteriores ejercicios no podrá
utilizarse apuntes, documentos o libros.
Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.
2) Para acceder a la Escala de Ayudantes Técnicos de
Informática (Grupo C):
La oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican siendo éstos eliminatorios. No
obstante el aspirante por una sola vez podrá realizar el ejercicio siguiente (2.º ó 3.º según corresponda), aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos, debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos.
Primer ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán responder a un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la
correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria. El número de preguntas correspondientes a la primera parte del temario no será superior al 20% del total de preguntas.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.El Tribunal podrá establecer una penalización por las respuestas contestadas erróneamente.
Segundo ejercicio: En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán realizar dos supuestos prácticos
directamente relacionados con la segunda parte del programa que figura como Anexo II.
El Tribunal propondrá dos supuestos por cada uno de los grupos de temas en que se divide la segunda parte del programa (Informática General y Sistemas Operativos, Redes e Internet, Gestión de Instalaciones y Servicios). Los opositores deberán elegir dos de esos grupos y en cada uno de ellos uno de los supuestos propuestos.
En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la
sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución.
Se calificará de 0 a 5 puntos cada supuesto, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas
calificaciones.Tercer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos temas elegidos entre los tres propuestos por el Tribunal, distribuidos en uno por cada uno de los grupos de temas en que se divide el programa del Anexo II excluida la primera parte.
El Tribunal determinará el tiempo máximo para la realización de este ejercicio.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.Para la realización de los anteriores ejercicios no podrá
utilizarse apuntes, documentos o libros.
Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.
ANEXO II
PROGRAMA
GRUPO B: ESCALA DE GESTION DE SISTEMAS
E INFORMATICA
PRIMERA PARTE
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
2. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento.
3. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas. Las disposiciones y los actos administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y
finalización del procedimiento. Ejecución. Revisión de los actos en vía administrativa.
4. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: Concepto, clases, grupos de clasificación.
Procedimientos de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Promoción.
5. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. La representación de los funcionarios: Delegados de Personal y Juntas de Personal.
6. La Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades.
7. Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla: Título Preliminar. De la estructura y el Gobierno de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. De la Comunidad Universitaria. De la Docencia y el Estudio en la Universidad. De la Investigación.
8. Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide: De los servicios a la Comunidad Universitaria. De las relaciones Internacionales y del Espacio Europeo de enseñanza superior. De la calidad. De la Defensoría Universitaria. Del Régimen Económico y financiero.
9. Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. R.D. 994/1999, Reglamento de Seguridad.
10. Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
SEGUNDA PARTE
Módulo general
Bloque 1.
1. Unix: Sistema de ficheros. Gestión de ficheros y
directorios.
2. Unix: El shell. Redirecciones. Tuberías. Programación en shell.
3. Unix: Procesos. Planificación de tareas. Impresión.
4. Arranque y parada de un sistema UNIX. Copias de seguridad. Instalación y administración de software.
5. Configuración de servicios de red TCP/IP en el sistema operativo Unix. Servidor de ficheros: Samba.
6. Windows 2003, Windows XP. Directorio activo. Sistema de archivos.
7. Windows 2003, Windows XP. Seguridad: usuarios y archivos.
8. Windows 2003, Windows XP. Seguridad en redes y
comunicaciones.
9. Ordenadores personales. Principales componentes. Equipos periféricos.
10. Gestión automatizada de ordenadores personales y arranque remoto.
11. Software de microinformática: Paquetes ofimáticos,
procesadores de texto, hojas de cálculo, sistemas de gestión de bases de datos, etc.
Bloque 2.
12. ITIL: Conceptos generales. Objetivos. Funciones y
procesos.
13. ITIL: Provisión de los Servicios. Gestión, desarrollo y planificación de los Servicios. Acuerdos de SLA y OPA.
14. ITIL: Soporte de los Servicios. Gestión de incidencias, problemas, configuraciones, versiones y cambios.
15. Clasificación de las redes de datos por su cobertura física. Modelo de referencia OSI. Tipos de servicio.
16. Internet: Introducción a TCP/IP. Relación de servicios básicos.
17. Internet. Servidores de directorio (LDAP). Servidor de dominios. Protocolo de sincronización horaria.
18. Seguridad física de las instalaciones informáticas. Criterios de seguridad, normalización y conservación de las aplicaciones utilizadas para el ejercicio de potestades. ISO
17799.
19. Lenguajes de Bases de datos relacional: SQL, SQL* plus, PL/SQL.
20. Gestión de datos corporativos. Sistemas de soporte a la decisión. Datawarehouse, Datamining, Datamart. OLAP, EIS, Indicadores.
21. Diseño conceptual de base de datos. Modelo E/R. Diagrama de flujo de datos.
22. Base de datos Oracle 9.x. Arquitectura.
Módulo: Informática y Comunicaciones
Bloque 1.
23. Internet. Servicios avanzados: VOZ-IP. GRID (Computación distribuida).
24. Mensajería. Transferencia de ficheros. Protocolos y estándares.
25. World Wide Web. Servidores Web. Programación CGI.
Servidores ProxyCache.
26. Lenguajes HTML y XML.
27. Seguridad en la red. Herramientas y monitorización. Auditoría de seguridad de la red.
28. Criptografía. Infraestructura de clave pública.
29. Lenguaje C: Definición y características.
30. Lenguaje Java. Definición y características.
31. Base de datos Oracle 9.x. Seguridad y auditoría de la base de datos. Procedimientos de copia de seguridad y recuperación.
32. Base de datos Oracle 9.x. Planificación y creación de bases de datos: Configuración lógica y física de la base de datos.
Bloque 2.
33. Medios físicos de transmisión en redes. Elementos de interconexión de redes. Tipos de redes conmutadas. Ethernet. Fast Ethernet. Gigabit. RDSI. Redes inalámbricas.
34. Modelo de capas. Protocolo IP. Protocolo TCP. Protocolo UDP.
35. Protocolo de gestión de red: SNMP, RMON.
36. Infraestructura de almacenamiento. RAID. Redes SAN. Servicios NAS. Fibre Channel. Infiniband.
37. Alta disponibilidad. Sistemas de misión crítica.
Redundancia. Balanceo de carga. Clusters.
38. Creación y digitalización de información multimedia. Codificación y compresión.
39. Transmisión de datos multimedia en redes de datos.
40. Distribución de señal de televisión en circuito cerrado.
GRUPO C: ESCALA DE AYUDANTES TECNICOS
DE INFORMATICA
PRIMERA PARTE
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
2. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: La actividad de las Administraciones Públicas. Las disposiciones y los actos administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y
finalización del procedimiento. Revisión de los actos en vía administrativa.
3. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: Concepto, clases, grupos de clasificación.
Procedimientos de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos de trabajo. Promoción.
4. Derechos y deberes de los funcionarios públicos.
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas.
5. La Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades.
6. Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Título Preliminar. De la estructura y el Gobierno de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. De la Comunidad Universitaria. De la Docencia y el Estudio en la Universidad. De la Investigación.
7. Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide: De los servicios a la Comunidad Universitaria. De las relaciones Internacionales y del Espacio Europeo de enseñanza superior. De la calidad. De la Defensoría Universitaria. Del Régimen Económico y Financiero.
8. Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. R.D. 994/1999, Reglamento de Seguridad.
SEGUNDA PARTE
Informática General y Sistemas Operativos.
1. Equipos informáticos. Arquitectura, concepto y componentes.
2. Dispositivos de E/S. Dispositivos de almacenamiento de datos.
3. Sistemas operativos. Conceptos básicos. El núcleo de un sistema operativo.
4. Proceso y tratamiento de los procesos. Multiprogramación y multiproceso.
5. Sistemas operativos en ordenadores personales (PC). Linux. Windows 2003. Windows XP.
6. Aplicaciones de productividad personal (procesadores de texto, hojas de cálculo, bases de datos).
7. Trabajo colaborativo: Compartición de ficheros en red a través de red (SAMBA, BSCW). Flujo de trabajo (BSCW). Flujo de expedientes.
Redes e Internet.
8. Telefonía, nociones básicas. RTC. Conceptos de PBX/PABX. Centrales digitales, principales facilidades.
9. Redes de área local. Protocolo Ethernet, FastEthernet, Gigabit Ethernet. Redes inalámbricas. Conceptos de RDSI.
10. Cableado de datos. Cableado de campus. Cableado
estructurado.
11. Arquitectura y protocolo TCP/IP.
12. La red Internet. Origen y evolución. Servicios básicos de Internet: Correo, transferencia de ficheros, etc.
13. Servicios avanzados en Internet: Navegadores, streaming, videoconferencia.
14. Sistemas multimedia: Tipos y formatos de datos multimedia. Transmisión de datos multimedia.
Gestión de Instalaciones y Servicios.
15. Medidas de seguridad en una instalación informática y de los soportes de información: Medidas contra incendio, CTV, sistemas de control de acceso, sistemas de control de
presencia. Criterios de seguridad.
16. Estructura de un armario de cableado. Asignación de usuarios a voz y a datos. Diagnóstico de fallo debido al cableado y herramientas de detección de fallos.
17. Copias de seguridad. Backup y restauración. Herramientas de backup y restauración.
18. Diagnóstico y resolución de problemas en entornos de informática personal (PC).
19. ITIL: Conceptos generales. Objetivos. Funciones y
procesos.
20. ITIL: Provisión de los Servicios. Gestión, desarrollo y planificación de los Servicios. Acuerdos de SLA y OPA.
21. ITIL: Soporte de los Servicios. Gestión de incidencias, problemas, configuraciones, versiones y cambios.
22. Centros de contacto. Integración de las tecnologías de la información en un CAU.
ANEXO III
ANEXO IV
TRIBUNAL CALIFICADOR
Escala de Gestión de Sistemas e Informática
Titulares:
Presidente: Ilmo. Sr. don Andrés Garzón Villar, Director Gral. de Biblioteca y Nuevas Tecnologías de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Vocales: Don Felipe Tudela García, Gerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Don Juan Camarillo Casado, Director del Centro de Informática y Comunicaciones de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por el Rector, Fátima Romero Avilés, funcionaria de la Escala
Superior de Sistemas y Tecnología de la Información. Don Fernando Ortega de la Fuente, funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario.
Secretaria sin voto: Doña M.ª Adela González Jiménez, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Suplentes:
Presidenta: Doña Flor María Guerrero Casas, Vicerrectora de Servicios y Planificación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Vocales: Don José Manuel Jiménez Cañete, Vicegerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Doña Francisca Rubio Tomillero, funcionaria de la Escala Superior de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por el Rector. Don Víctor Hernández Gómez,
funcionario de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información de la Universidad Pablo de Olavide y don Jesús Martín Fernández, funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario.
Secretaria sin voto: Doña Emilia Muriel Sicilia, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Escala de Ayudantes Técnicos de Informática
Titulares:
Presidente: Ilmo. Sr. don Andrés Garzón Villar, Director Gral. de Biblioteca y Nuevas Tecnologías de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Vocales: Don Felipe Tudela García, Gerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Don Juan Camarillo Casado, Director del Centro de Informática y Comunicaciones de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Doña Fátima Romero Avilés, funcionaria de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información de la Universidad Pablo Olavide, de Sevilla, y don Fernando Ortega de la Fuente, funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario.
Secretaria sin voto: Doña María Ruz Hernández-Pinzón,
Responsable Oficina Gestión de Personal de Administración y Servicios.
Suplentes:
Presidenta: Doña Flor María Guerrero Casas, Vicerrectora de Servicios y Planificación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Vocales: Don José Manuel Jiménez Cañete, Vicegerente de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, doña Francisca Rubio Tomillero, funcionaria de la Escala Superior de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por el Rector. Don Víctor Hernández Gómez,
funcionario de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información de la Universidad Pablo de Olavide, don Jesús Martín Fernández, funcionario de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario.
Secretaria sin voto: Doña Almudena Valenciano Camacho,
funcionaria de carrera de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
ANEXO V
Don/Doña,
con domicilio en y
Documento de Identidad núm.
a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de la Universidad
Pablo de Olavide de Sevilla, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones.
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