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Vacante el puesto de trabajo de Intervención, de clase primera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, aprobadas por la Diputación las bases de selección, mediante Resolución de Presidencia de fecha 8 de junio de 2005 y acordada asimismo su convocatoria, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el articulo
12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de
24 de mayo,
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Intervención, clasificado de clase primera, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Excma. Diputación Provincial de Málaga.
BASES REGULADORAS PARA LA PROVISION DEL PUESTO DE TRABAJO DE INTERVENCION, CLASE PRIMERA, DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE MALAGA, MEDIANTE EL SISTEMA
DE LIBRE DESIGNACION
Primera. Objeto de la convocatoria.
La convocatoria y sus bases tienen por objeto la regulación de la provisión del puesto de trabajo de Interventor de la Excma Diputación Provincial de Málaga nivel 30 de complemento de destino -entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional- mediante el procedimiento de libre designación conforme a lo previsto en los artículos 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 27 y siguientes del RD 1732/94, de 29 de julio. El puesto convocado ha sido objeto de modificación en lo que se refiere a su provisión que por Acuerdo del Pleno de la Corporación adoptado en la sesión celebrada el día 7 de junio de 2005 al punto 1/1 de su orden del día y la forma elegida ha sido la libre designación.
Segunda. Requisitos que han de reunir los/las participantes. Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:
- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de Sentencia o Resolución Administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.
- Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo
148.5 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
- Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.
Tercera. Instancias y documentación.
Los interesados dirigirán sus solicitudes al Excmo.Sr.
Presidente de la Diputación Provincial de Málaga, las cuales habrán de presentarlas dentro del plazo de quince días
naturales siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación, sito en Plaza de la Marina, s/n de Málaga, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los aspirantes reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación de méritos, profesionales y académicos, en el que consten los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios, cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto, y su acreditación documental.
Los requisitos así como los méritos alegados deberán reunirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes.
Cuarta. Proceso.
La Presidencia en el plazo de un mes, previa constatación de la concurrencia por los participantes de los requisitos exigidos en estas bases, resolverá la convocatoria en relación a la naturaleza de sus funciones.
De la expresada resolución se dará cuenta a los órganos colegiados de la Corporación y traslado al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas, para anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Quinta. Toma de posesión.
El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles o de un mes, según los aspirantes designados vinieren desempeñando o no sus anteriores puestos de trabajo en la ciudad de Málaga.
Sexta Regulación supletoria e impugnaciones.
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional. La presentación de solicitud para participar en la provisión de los puestos de trabajo a que se refieren estas Bases, comporta su plena aceptación.
Las bases, su convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y formas establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO A LA CONVOCATORIA
Corporación: Diputación Provincial de Málaga.
Denominación y clase del puesto: Interventor, 1.ª clase. Nivel complemento de destino: 30.
Complemento especifico: 3.948,81 euros mensuales.
Requisitos para participar en la presente convocatoria: funcionario de Administración Local, con habilitación de carácter nacional pertenenciente a la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría superior y que se encuentre en situación administrativa que le permita concursar a esta convocatoria.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fm a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso
contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el articulo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de junio de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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