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En relación con la renuncia solicitada por doña María del Carmen Aguilera Castro, con DNI 30.803.424-F, como adjudicataria de la beca de formación e investigación en el Area de Archivística, según Resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba de 23 de octubre de 2005, y en cumplimiento de lo establecido en el art. 14 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 122, de 20 de octubre de 2001), por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación y en virtud del artículo 11 de la citada Orden, por delegación del titular de la Consejería de Gobernación,
R E S U E L V E
Primero. Aceptar la renuncia presentada por doña María del Carmen Aguilera Castro, con DNI 30.803.424-F, como adjudicataria de la beca de formación e investigación en el Area de Archivística.
Segundo. Adjudicar por el período restante la beca de formación e investigación en el Area de Archivística al candidato siguiente por orden de puntuación resultante del proceso selectivo, a favor de doña Isabel Fernández Roldán, con DNI 44.356.357-R.
Tercero. La beca se financiará con cargo a la aplicación
01.09.00.01.14.48200.22A, su dotación económica es de 950 euros mensuales y su duración será desde la fecha de su incorporación a este Centro Directivo que habrá de realizarse el día 1 de abril de 2005 hasta el día 1 de noviembre de 2005.
Cuarto. Notifíquese al adjudicatario con indicación de que habrá de aceptar la beca en un plazo de 15 días siguientes a la recepción de la notificación, así como cuantas obligaciones se derivan de la citada Orden, declarando expresamente no estar incurso en la incompatibilidad establecida en el apartado del artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de
2001. Transcurrido el plazo sin haberse efectuado la aceptación, quedará sin efecto la adjudicación efectuada.
Quinta. La presente Resolución tendrá efecto desde el momento en que se dicte. No obstante, habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía conforme a lo previsto en el artículo 11.3 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.
Sexto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa; podrá ser impugnada ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de poder interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación ante este órgano de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Córdoba, 1 de abril de 2005.- El Delegado del Gobierno, Antonio Márquez Moreno.
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