Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 08/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 4 de junio de 2005, de la Delegación Provincial de Cádiz, en relación con el expediente de concesión de subvención a S.C.A. Casas de Estella (CADES), referente a la actuación protegida de suelo en la modalidad de urbanización para su inmediata edificación del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007 denominada U.E. EMB. "Estella del Marqués", en Jerez de la Frontera (Cádiz).

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Examinado el expediente relativo a la actuación protegida en materia de suelo para la modalidad de urbanización de suelo para su inmediata edificación denominada "Unidad de Ejecución EM.B. (Estella del Marqués)" del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, resultan los siguientes

H E C H O S

Primero. Con fecha 6 de septiembre de 2001, tuvo entrada en esta Delegación Provincial solicitud de calificación provisional de actuación en materia de suelo del sector protegido correspondiente al III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo presentada por la Sociedad Cooperativa Andaluza Casas de Estella (CADES), sobre la actuación Unidad de Ejecución EM.B. (Estella del Marqués), de Jerez de la Frontera.

El 14 de febrero de 2002, se otorgó la calificación provisional, siendo remitida la documentación al Ministerio de Fomento para la tramitación de la ayuda. Con fecha 26 de septiembre de 2002, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo devolvió el expediente, adjuntando escrito del Ministerio de Fomento, motivándose la devolución en que se presentó fuera de plazo de prórroga de admisión de expedientes y en que la propuesta de subvención excedía los objetivos acordados para el programa anual 2001.

El 17 de diciembre de 2002 fue requerido el promotor para que adecuase su solicitud y documentación al R.D. 1/2002, solicitud que fue presentada el 20 de diciembre de 2002 en esta Delegación Provincial.

Segundo. Según el artículo 38.2 del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, tendrán la consideración de actuaciones protegidas en materia de suelo, las de urbanización para su inmediata edificación de, al menos, el 50 por ciento a la promoción de viviendas sujetas a regímenes de protección pública. En la actuación objeto del presente expediente el 100% de la edificabilidad se destina a viviendas de protección pública.

Tercero. Por Resolución de la Delegación Provincial de esta Consejería en Cádiz de 13 de enero de 2003 se ha expedido Cédula de Calificación Provisional a la actuación protegida en materia de suelo para la modalidad de urbanización de suelo para su inmediata edificación denominada Unidad de Ejecución EM. B. (Estella del Marqués), sita en el término municipal de Jerez de la Frontera, promovida por la S.C.A. Casas de Estella (CADES), de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

1/2002, de 11 de enero, y en el Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 127/2002, de 17 de abril, en vigor en el momento de la calificación provisional, y demás disposiciones de desarrollo.

Cuarto. Las características esenciales de la actuación protegida en materia de suelo son, según se desprende de la Cédula de Calificación Provisional, las siguientes:

Modalidad: Urbanización de suelo.

Edificabilidad total: 12.242 mt. Núm. viviendas: 63.

Edificabilidad de viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública: 12.242 mt. Núm. viviendas:

63.

Quinto. La Cédula de Calificación establece como presupuesto protegible de la actuación la cantidad de 370.410,53 euros, que resulta de los costes de planeamiento y de urbanización, y propone, por un lado, la concesión de la subvención prevista en el artículo 41 del citado Real Decreto por importe de

74.082,10 euros, equivalente al 20% del presupuesto

protegible, y por otro, la percepción del 15% sobre el

presupuesto protegible correspondiente a ayudas

complementarias de la Comunidad Autónoma, en aplicación del art. 139.1 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 127/2002, lo que asciende a 55.561,58 euros.

Sexto. La programación económica y de ejecución del

presupuesto protegible responde al contenido de la Cédula de Calificación.

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Del expediente se desprende que se han cumplido los requisitos previstos en el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 127/2002, de 17 de abril, y la Orden de 2 de julio de

2002, de aplicación conforme a la Disposición Transitoria Sexta del Decreto 149/2003, para la calificación de la

actuación "Unidad de Ejecución EM. B. (Estella del Marqués)", como protegida en materia de suelo y para la financiación cualificada de la misma.

Segundo. Se emite la presente Resolución sobre la concesión de la subvención estatal a la Sociedad Cooperativa Andaluza Casas de Estella (CADES) de 74.082,10 euros, equivalente al 20% del presupuesto protegible, correspondiente a la anualidad 2004.

Tercero. De los datos existentes en esta Delegación

Provincial, se desprende que existen recursos suficientes del Programa de Suelo para financiar el importe de la subvención correspondiente al Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, por

74.082,10 con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.15.00.18.11.77000.43B.5, Proyecto presupuestario

1994/110227.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Decreto 149/2003, de 10 de junio, el abono de la subvención quedará supeditado al libramiento por el Ministerio de Fomento de los recursos correspondientes a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concepto de ayudas complementarias, otorgar a la Sociedad Cooperativa Andaluza Casas de Estella (CADES) la subvención de

55.561,58 euros, que equivale a 15% del presupuesto protegible con la siguiente programación, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.03.11.77000.43B.0, Proyecto

presupuestario 1999/110938.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 77) height="15">.

Sexto. Conforme a la Disposición Transitoria Sexta del Decreto

149/2003, de 10 de junio, las actuaciones protegidas de suelo de los Planes anteriores que a la entrada en vigor de dicho Decreto hubiesen obtenido la calificación provisional y la financiación de conformidad con el Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, se ejecutarán según lo dispuesto en el Decreto

166/1999, de 27 de julio. Asimismo, en su segundo párrafo, establece la posibilidad de acogerse a lo establecido en el Decreto 149/2003, de 10 de junio, para las actuaciones que a la entrada en vigor del mismo se encuentren pendientes de calificación provisional, así como aquellas que se encuentren pendientes de financiación de conformidad con el Real Decreto

1/2002, de 11 de enero.

Séptimo. De conformidad con la Resolución de 1 de agosto de

2003 (BOJA núm. 161, de 22 de agosto de 2003), de la Dirección General de Urbanismo, de delegación de competencias en materia de suelo, le corresponde a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes las competencias atribuidas en el art. 143.2 y 3 del Decreto 166/1999, tramitar y abonar las subvenciones concedidas a actuaciones de suelo al amparo de Planes anteriores que se encuentren pendientes de pago.

Octavo. El pago de la citada ayuda se realizará por el titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Cádiz, de acuerdo con lo previsto en la citada Resolución de 1 de agosto de 2003, una vez acreditada por el promotor la ejecución de las correspondientes fases, mediante la documentación que justifique los gastos de

urbanización, de conformidad con lo previsto en el artículo.5 y 6 de la Orden de 2 de julio de 2002, por la que se modifica la de 27 de enero de 2000, de aplicación como consecuencia de haberse acogido al apartado primero de la Disposición

Transitoria Sexta del Decreto 149/2003 y su adecuación a la programación establecida en la Resolución de concesión de la subvención.

Vistas las normas citadas, demás preceptos de general

aplicación, y a la vista del informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de esta Delegación Provincial,

R E S U E L V O

Primero. Conceder a la Sociedad Cooperativa Andaluza Casas de Estella (CADES) la subvención prevista en el artículo del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, para la financiación de la actuación protegida en materia de suelo para la modalidad de urbanización e inmediata edificación denominada "Unidad de Ejecución EM. B. (Estella del Marqués)", por un importe de

74.082,10 euros.

Segundo. Conceder a la Sociedad Cooperativa Andaluza Casas de Estella (CADES) la subvención correspondiente a la ayuda complementaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía prevista en el artículo 139.1 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 127/2000, de 17 de abril, para la financiación de la citada actuación, por un importe de

55.561,58 euros, correspondiendo a las siguientes anualidades:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 77) height="15">.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y

siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se

considere pertinente.

Cádiz, 4 de junio de 2005.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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