Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 19/07/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 13 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1043/2002. (PD. 2685/2005).

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NIG: 2906742C20020020965.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1043/2002. Negociado: C.

De: Don/doña Cecilia Hidalgo Jiménez, María del Carmen Martín Hidalgo, Francisco José Martín Hidalgo y Luis Antonio Martín Hidalgo.

Procurador: Sr. García Recio Gómez, Feliciano.

Letrada: Sra. Tomás Girón, María Teresa.

Contra: Dovela, S.A.

EDICTO

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1043/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga a instancia de Cecilia Hidalgo Jiménez, María del Carmen Martín Hidalgo, Francisco José Martín Hidalgo y Luis Antonio Martín Hidalgo contra Dovela, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su fallo, es como sigue:

"Se estima la demanda interpuesta por doña Cecilia Hidalgo Jiménez, doña María del Carmen Martín Hidalgo, don Francisco José Martín Hidalgo y don Luis Antonio Martín Hidalgo frente a la entidad mercantil Dovela, S.A., con los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara que el local comercial de sesenta y cinco metros cuadrados de superficie y que se ha de segregar formalmente de la finca matriz inscrita a nombre de la entidad Dovela con el Número 15.391-AR, al folio 144, del tomo 1.233 del archivo común del Registro de la Propiedad Número Cuatro de Málaga pertenece a los actores en la siguiente forma:

A) A doña Cecilia Hidalgo Jiménez le pertenece el pleno dominio de una mitad indivisa y el usufructo vitalicio de la otra mitad indivisa.

B) A doña María del Carmen Martín Hidalgo, don Francisco José Martín Hidalgo y don Luis Antonio Martín Hidalgo les pertenece la nuda propiedad de una mitad indivisa por partes iguales.

2. Se condena a la entidad Dovela, S.A., al pago de las costas de esta instancia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Dovela, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga a trece de junio de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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